Sentencia N° 1523 — Sala de Casación Social del TSJ, 18 de diciembre de 2012
TSJ/SCS, Sent. N° 1523, Exp. 12-1065, 18/12/2012
Expediente12-1065
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaAgraria
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2012-12-18
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Especial Agraria del Tribunal Supremo de Justicia, bajo la ponencia del Magistrado Omar Alfredo Mora Díaz, decidió sobre un recurso de casación interpuesto por la parte demandada contra una sentencia del Juzgado Superior Agrario del Estado Portuguesa. La decisión de la Sala fue declarar sin lugar el recurso, confirmando la sentencia de alzada que había declarado sin lugar la oposición a una medida cautelar.
Extracto de la motiva
El recurrente acusa que la decisión objeto del mecanismo extraordinario procesal de impugnación que nos ocupa, incurre en el vicio de incongruencia negativa por haber omitido pronunciamiento con respecto a los alegatos que planteó la parte accionada, en la audiencia oral de informes celebrada ante el ad quem. En este sentido, y con la finalidad de resolver el asunto de autos, es preciso indicar que en relación al vicio de incongruencia negativa, esta Sala en sentencia de fecha 22 de febrero de 2001, expresó lo siguiente: Ahora bien, es menester para esta Sala, manifestar que los fallos emitidos por este Máximo Tribunal de la República, cumplen también una función pedagógica, por lo que desea aprovechar la oportunidad para dejar en claro, cuáles son los verdaderos alcances del vicio conocido como incongruencia negativa. De igual forma el fallo referido ut supra, denotó la obligación de los jueces de instancia en pronunciarse expresamente sobre aquellas peticiones, alegatos o defensas formuladas por las partes en sus escritos de informes, que pudieran tener influencia determinante en el proceso, so pena de vulnerar el principio de exhaustividad de la sentencia, y en específico, incurrir en el vicio de incongruencia negativa.
Dispositiva
En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República, y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por el abogado Manuel Ricardo Martínez Riera, actuando como apoderado judicial de las demandadas, ciudadanas YAIRA MOLINA PARRA y CRISLYN YOJHANIRYS PÉREZ MOLINA, contra la sentencia proferida por el Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en fecha 25 de junio de 2012.
Palabras clave
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