Sentencia N° 1520 — Sala de Casación Social del TSJ, 29 de octubre de 2014

TSJ/SCS, Sent. N° 1520, Exp. 14-972, 29/10/2014
Expediente14-972
PonenteLuis Eduardo Franceschi Gutiérrez
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2014-10-29
DecisiónInadmisible

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre un recurso de control de la legalidad interpuesto por la sociedad mercantil Centro Médico Loira, C.A. contra una sentencia del Juzgado Superior Octavo del Trabajo que había declarado parcialmente con lugar un recurso de apelación. La recurrente alegó infracciones a la Constitución y a la convención colectiva en relación con un incremento salarial. Sin embargo, el Tribunal determinó que la decisión impugnada se ajustaba a derecho y no se evidenció violación de normas de orden público, declarando inadmisible el recurso.

Extracto de la motiva

(…) si bien la referida cláusula 31 de la Convención Colectiva prevé el incremento del 10% acordado, la misma no establece el modo bajo el cual ha de implementarse (…) es decir, que el Centro Médico Loira (…) tiene plena libertad de librar (…) cualquier acto interno (…) contentivo de la aplicación del incremento salarial ya sea previsto en la Convención Colectiva o derivada de otro instrumento normativa (sic) en materia laboral. De allí que la apreciación de los hechos por la sentencia de alzada, resultan (sic) erróneos (sic) (…) y la misma es contraria a derecho por cuanto se exige tanto el incremento contractual previsto en la cláusula 31 de la Convención Colectiva como el incremento del salario mínimo nacional para los trabajadores del sector privado (…). Ello aunado al hecho cierto (sic) que los instrumentos promovidos y valorados acreditan la cancelación de un incremento mucho mayor (…).

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, contra la sentencia publicada por el Juzgado Superior Octavo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 28 de mayo de 2014. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la actual decisión.

Palabras clave

control de la legalidadsentenciainadmisionderecho laboraltribunales superiores

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