Sentencia N° 152 — Sala de Casación Social del TSJ, 19 de febrero de 2014
TSJ/SCS, Sent. N° 0152, Exp. 13-1725, 19/02/2014
Expediente13-1725
PonenteCarmen Esther Gómez Cabrera
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2014-02-19
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, declara inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial del tercero interesado contra la sentencia del Juzgado Superior del Trabajo de Yaracuy. La decisión se basa en que la sentencia impugnada no violenta normas de orden público y no se ajusta a los fines del recurso. Se establece que el control de la legalidad es un medio excepcional de impugnación que requiere el cumplimiento de requisitos específicos para su admisibilidad.
Extracto de la motiva
El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establece los requisitos de admisibilidad del recurso de control de la legalidad, a saber: El Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos fallos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aún y cuando no fueran recurribles en casación, sin embargo, violenten o amenacen con violentar las normas de orden público o cuando la sentencia recurrida sea contraria a la reiterada doctrina jurisprudencial de dicha Sala de Casación. En consecuencia, resulta inadmisible el presente recurso de control de la legalidad propuesto. Así se resuelve.
Dispositiva
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad propuesto por la representación judicial del tercero interesado, contra la sentencia proferida por el Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, de fecha 16 de octubre del año 2013. Dada la naturaleza de la presente decisión, no hay condenatoria en costas.
Palabras clave
control de la legalidadrecursosentenciatribunales superioresorden públicoinadmisibilidad