Sentencia N° 1510 — Sala de Casación Social del TSJ, 29 de octubre de 2014
TSJ/SCS, Sent. N° 1510, Exp. 13-901, 29/10/2014
Expediente13-901
PonenteLUIS EDUARDO FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2014-10-29
DecisiónSin Lugar
Resumen
En esta sentencia, el Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Social, declara sin lugar el recurso de casación interpuesto por el demandante, RICARDO RAFAEL ROJAS, contra la decisión del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de Aragua. La Sala argumenta que la parte actora no logró demostrar la vulneración de sus derechos, ya que la juez de alzada valoró adecuadamente las pruebas documentales presentadas y desechó las impugnadas por la parte demandada por no cumplir con los requisitos legales para su aceptación.
Extracto de la motiva
Entiende esta Sala que la parte actora recurrente denuncia la vulneración del derecho a la defensa al valorarse erróneamente documentales consignadas en original y ser descartardas bajo premisas de impugnación impropias y genéricas, quebrantándose en consecuencia, los artículos 2, 5 y 9 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y 12 y 15 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los artículos 26, 49 numeral 1, 92 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. No obstante lo anterior, precisa esta Sala que el vicio de indefensión se produce cuando alguna conducta del Juez impide a las partes la utilización efectiva de los medios o recursos que la ley pone a su alcance para la defensa de sus derechos e intereses; por lo tanto, mal puede considerarse como una violación del derecho a la defensa de la parte recurrente, el hecho que el juzgador haya erróneamente examinado, valorado y desechado las documentales consignadas, pues en ese caso, ello constituiría un error de juzgamiento y no un menoscabo del derecho a la defensa.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de casación ejercido por la parte actora contra la sentencia de fecha 20 de mayo de 2013, emanada del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua; y SEGUNDO: se CONFIRMA la decisión recurrida.