Sentencia N° 1507 — Sala de Casación Social del TSJ, 2 de octubre de 2006

TSJ/SCS, Sent. N° 1507, Exp. 05-1276, 02/10/2006
Expediente05-1276
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaAgraria
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2006-10-02
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social Agraria del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de apelación interpuesto contra una sentencia que declaró inadmisible un recurso de nulidad. El tribunal de origen argumentó que no se evidenció la representación del ciudadano Jaime Pérez Branger como presidente de las sociedades mercantiles demandantes, lo que llevó a la inadmisibilidad del recurso. La Sala, al revisar el caso, determinó que efectivamente existía falta de representación y que los documentos necesarios para verificar dicha representación no fueron presentados adecuadamente.

Extracto de la motiva

El caso de autos, versa sobre la apelación de una sentencia que declara inadmisible un recurso de nulidad de acto administrativo, propuesto conjuntamente con acción de amparo cautelar, en razón de que, tal y como lo determinó el tribunal de la causa, no se evidenció en esa instancia la representación que se atribuye el ciudadano Jaime Pérez Branger, como presidente de las empresas accionantes; ni tampoco su pudo verificar la facultad que tiene éste para nombrar apoderados judiciales que actuasen en representación de las sociedades mercantiles demandantes, es decir, existe falta de representación en los abogados que proponen el recurso de nulidad. Así las cosas, debe señalarse que el asunto a resolver por esta Sala será de mero derecho, verificando si la causal de inadmisibilidad establecida por el a quo es procedente o no. Así se establece.

Dispositiva

En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas esta Sala de Casación Social Agraria del Tribunal Supremo de Justicia, actuando en sede Contencioso Administrativo Agrario, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de las sociedades mercantiles accionantes C.A. AGROPECUARIA SAN FRANCISCO, AGROPECUARIA SANTA BÁRBARA, C.A., AGROPECUARIA LOS REALITOS, C.A., CARNES ASF, C.A., AGROPECUARIA LA FORTUNA, C.A. y SEMILLAS BRANGER, C.A. (SEMBRA), todas actuando de forma conjunta en su carácter de propietarias de un lote en el fundo agropecuario denominado HATO PARAIMA, en contra de la sentencia emanada del Juzgado Superior Segundo Agrario de la Circunscripción Judicial de los Estados Aragua, Carabobo y Cojedes, en fecha 10 de junio de 2005.

Palabras clave

nulidadamparo cautelarrepresentaciónactos administrativossociedades mercantilesderecho agrarioinadmisiibilidad

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