Sentencia N° 15 — Sala de Casación Social del TSJ, 1 de marzo de 2024
TSJ/SCS, Sent. N° 015, Exp. 23-230, 01/03/2024
Expediente23-230
PonenteEDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2024-03-01
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, Catterinne de Abreu Pita, contra la sentencia dictada el 24 de abril de 2023. La Sala anuló el auto de admisión del recurso emitido por el Tribunal Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de Aragua, argumentando que la admisión de dicho recurso corresponde exclusivamente a esta Sala. Se concluyó que la decisión recurrida se ajusta a derecho y que el recurso es inadmisible.
Extracto de la motiva
En este orden de ideas, una vez efectuado el examen de los argumentos de la parte recurrente, el fallo impugnado y las restantes actas que conforman el expediente, considera esta Sala que la decisión recurrida se encuentra ajustada a derecho y la manifestación del recurrente mediante control de la legalidad se circunscribe a su desacuerdo con la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Aragua con sede en Maracay, la cual revoca la decisión dictada por el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la referida Circunscripción Judicial de fecha 15 de febrero de 2023; en consecuencia, esta Sala de conformidad con lo establecido en el artículo 490 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, respecto a la forma discrecional y excepcional en que se ejerce la potestad revisora mediante el recurso de control de legalidad, considera innecesario desplegar la actividad jurisdiccional a través de ese recurso, lo que deviene en su inadmisibilidad.
Dispositiva
PRIMERO: SE ANULA el auto de admisión de fecha 4 de mayo de 2023, dictado por el Tribunal Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Aragua con sede en Maracay. SEGUNDO: INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada recurrente, ciudadana CATTERINNE DE ABREU PITA, contra de la sentencia dictada el 24 de abril de 2023.
Palabras clave
control de legalidadpotestad jurisdiccionalsentencianiñosadolescentesinadmisionextralimitación