Sentencia N° 1498 — Sala de Casación Social del TSJ, 2 de diciembre de 2004
TSJ/SCS, Sent. N° 1498, Exp. 04-1190, 02/12/2004
Expediente04-1190
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2004-12-02
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por el ciudadano Víctor Allen Hamlet contra la sentencia del Juzgado Superior Segundo del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo del Estado Zulia. La decisión se fundamenta en que el recurrente solicitó el control de la legalidad fuera del plazo establecido por la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, ya que transcurrieron ocho días hábiles entre la publicación del fallo recurrido y la interposición del recurso.
La Sala, al aplicar el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, determinó que la solicitud de control de la legalidad no cumplía con los requisitos de tiempo, lo que llevó a declarar inadmisible el recurso. En consecuencia, se ordenó la remisión del expediente a la Coordinadora Judicial del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo para su ejecución, sin condenatoria en costas dada la índole de la decisión.
Extracto de la motiva
Dispone el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, que la parte recurrente podrá solicitar el control de la legalidad del asunto ante el Tribunal Superior del Trabajo, correspondiente dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la publicación del fallo, mediante escrito que en ningún caso excederá de tres (3) folios útiles y sus vueltos. En el caso de autos el recurrente solicitó el control de la legalidad el 6 de agosto de 2004, siendo que entre la publicación del fallo recurrido y la interposición del recurso transcurrieron ocho (8) días hábiles, lo cual consta en oficio que corre en el folio 144 realizado por el Tribunal Superior en fecha 9 de agosto de 2004, razón por la cual esta Sala, en aplicación del artículo antes indicado, declara inadmisible el presente recurso de control de la legalidad.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto contra la sentencia publicada el 19 de julio de 2004, dictada por el Juzgado Superior Segundo del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Coordinadora Judicial del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, para su ejecución. Particípese esta remisión al Juzgado de origen ya mencionado.
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