Sentencia N° 1497 — Sala de Casación Social del TSJ, 2 de octubre de 2006
TSJ/SCS, Sent. N° 1497, Exp. 06-944, 02/10/2006
Expediente06-944
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la Legalidad
Fecha de la decisión2006-10-02
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por los codemandantes Luis Ramos Alfonzo y Jesús Antonio Peinado Marín, contra la sentencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo de Nueva Esparta. La decisión se basa en que la sentencia recurrida no incurre en vulneración de normas de orden público ni en la doctrina jurisprudencial de la Sala.
Extracto de la motiva
El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo contempla el recurso de control de la legalidad como un medio de impugnación excepcional, al establecer que el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos fallos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aun cuando no fueren recurribles en casación, violenten o amenacen con violentar normas de orden público, o contraríen la reiterada doctrina jurisprudencial de la Sala, circunstancias que configuran algunos de sus requisitos de admisibilidad. Además, la admisión del recurso in commento exige verificar que el mismo haya sido interpuesto mediante escrito, cuya extensión no debe ser mayor de tres (3) folios útiles y sus vueltos, así como su tempestividad, por cuanto la referida norma establece para su ejercicio el lapso preclusivo de cinco (5) días de despacho a partir del día siguiente de la fecha en que se publicó la sentencia sujeta a revisión.
Dispositiva
En mérito de las consideraciones anteriores, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de los codemandantes Luis Ramos Alfonzo y Jesús Antonio Peinado Marín, contra la sentencia de fecha 23 de mayo de 2006 publicada por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta. No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la decisión.
Palabras clave
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