Sentencia N° 1493 — Sala de Casación Social del TSJ, 13 de diciembre de 2011
TSJ/SCS, Sent. N° 1493, Exp. 10-533, 13/12/2011
Expediente10-533
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaAgraria
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2011-12-13
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia decide sobre un recurso de apelación interpuesto por la parte opositora contra una medida de protección de cultivo de arroz. Se establece que el Juzgado Superior Tercero Agrario carecía de competencia para resolver la solicitud planteada, lo que llevó a la anulación de todo lo actuado ante dicho Juzgado. La Sala determina que el Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa es el competente para conocer del caso.
Extracto de la motiva
Materializada una breve sinopsis del caso que nos ocupa, y observando que en este no se actúa, en forma alguna, contra ningún ente agrario, esta Sala considera menester señalar que el artículo 197 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario establece: Los juzgados de Primera Instancia Agraria conocerán de las demandas entre particulares que se promuevan con ocasión de la actividad agraria, sobre los siguientes asuntos: Acciones declarativas, petitorias, reivindicatorias y posesorias en materia agraria. Deslinde judicial de predios rurales. Acciones relativas al uso, aprovechamiento, constitución de servidumbres y demás derechos reales, para fines agrarios. Acciones sucesorales sobre bienes afectos a la actividad agraria. Acciones derivadas del derecho de permanencia. Procedimientos de desocupación o desalojos de fundos. Acciones derivadas de perturbaciones o daños a la propiedad o posesión agraria. Acciones derivadas de contratos agrarios. Acciones de indemnización de daños y perjuicios derivados de la actividad agraria. Acciones originadas con ocasión a la constitución del patrimonio familiar agrario. Acciones derivadas de conflictos suscitados entre sociedades de usuarios, uniones de prestatarios, cooperativas y demás organizaciones de índole agraria. Acciones derivadas del crédito agrario. Acciones y controversias surgidas del uso, aprovechamiento, fomento y conservación de los recursos naturales renovables que determine la Ley. Acciones derivadas del uso común de las aguas de regadío y de las organizaciones de usuarios de las mismas. En general, todas las acciones y controversias entre particulares relacionados con la actividad agraria.
Dispositiva
En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas esta Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República, y por autoridad de la Ley, declara: 1) CON LUGAR el recurso de apelación propuesto contra el fallo emanado del Juzgado Superior Tercero Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 18 de marzo 2010; 2) REVOCA la sentencia apelada; 3) SE ANULA todo lo actuado ante el precitado Juzgado, y; 4) SE REPONE la causa al estado en que el Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, tramita y decida sobre la solicitud planteada por el ciudadano JOSÉ LUIS ROMERO CORTÉZ.
Palabras clave
competenciajurisdicción agrariainspección judicialmedida de protecciónprocedimiento ordinarioLey de Tierras