Sentencia N° 1489 — Sala de Casación Social del TSJ, 2 de octubre de 2006

TSJ/SCS, Sent. N° 1489, Exp. 06-1047, 02/10/2006
Expediente06-1047
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2006-10-02
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por los ciudadanos Samuel Rivero y Ciriaco Ramos contra la Alcaldía del Municipio Sucre del Estado Aragua. La decisión del Juzgado Primero Superior fue revocada por considerar que la inadmisibilidad de la demanda se basó en el incumplimiento del procedimiento administrativo previo, lo que fue considerado correcto por la Sala. Se argumentó que el Municipio goza de privilegios que requieren el agotamiento de la vía administrativa antes de presentar demandas patrimoniales.

Extracto de la motiva

Dispone el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, que el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos casos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aun y cuando no fueran recurribles en casación, sin embargo, violenten o amenacen con violentar las normas de orden público o cuando la sentencia recurrida sea contraria a la reiterada doctrina jurisprudencial de dicha Sala de Casación. En el caso concreto señala el recurrente que la sentencia recurrida violó normas de orden público contraviniendo lo establecido en los artículos 2°, 26, 49, 89, 92 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en el artículo 1° de la Ley Orgánica del Trabajo, al declarar de oficio la inadmisibilidad de las acciones incoadas por considerar que de conformidad con el artículo 102 de la Ley Orgánica de Régimen Municipal, el Municipio goza de los mismos privilegios de la República y por tanto resulta aplicable el artículo 60 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República que requiere el agotamiento previo de la vía administrativa para cualquier demanda de naturaleza patrimonial negando de esta forma el derecho a la tutela judicial efectiva y el acceso a la justicia a trabajadores que abogan por sus derechos laborales, lo cual luego de un examen exhaustivo, considera esta Sala que el Juez aplicó correctamente los artículos denunciados de conformidad con la reiterada jurisprudencia de esta Sala de Casación Social, razón por la cual, el Juez decidió ajustado a derecho y no incurrió en violaciones de los artículos denunciados que en definitiva transgredirían el Estado de Derecho.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto contra la sentencia de fecha 8 de mayo de 2006, dictada por el Juzgado Primero Superior para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen, antes identificado, todo de conformidad con el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

cobro de prestacionesinadmisibilidadrecurso de controlprocedimiento administrativoderecho a la tutela judicialtrabajadoresjurisprudenciaLey Orgánica Procesal del Trabajo

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca