Sentencia N° 1484 — Sala de Casación Social del TSJ, 2 de octubre de 2006

TSJ/SCS, Sent. N° 1484, Exp. 06-763, 02/10/2006
Expediente06-763
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2006-10-02
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre los recursos de hecho interpuestos por Andrés Eloy Delgado Gómez y Argimiro Delgado Chacón, en relación a una decisión del Juzgado Superior que declaró inadmisible un recurso de casación. La Sala determinó que la decisión recurrida era interlocutoria y no ponía fin al juicio, por lo que los recursos fueron declarados sin lugar. Además, se condenó en costas a los recurrentes.

Extracto de la motiva

La Sala considera oportuno reproducir parcialmente la argumentación sostenida por los recurrentes en el orden de interposición del recurso. Arguye el tercero opositor: PRIMERO: la decisión contra la cual anuncié en forma oportuna el Recurso de Casación, es una sentencia de última instancia que se dictó en un procedimiento especial contencioso sobre el estado y capacidad de las personas, como es el juicio de divorcio de los ciudadanos (…) por lo tanto está plenamente comprendida en el numeral 2 del artículo 312 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 490 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente. Omissis. SEGUNDO: la sentencia interlocutoria dictada en primera instancia, en fecha 27 de octubre de 2005, por el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado (sic) Táchira, Sala de Juicio, sobre la incidencia surgida en el Cuaderno (sic) Separado (sic) de Medidas (sic) que por divorcio intentara la ciudadana (…), fue apelada por la parte actora (…) apelación que fue decidida en fecha 6 de marzo de 2006, decisión ésta que me produjo gravamen irreparable y de conformidad con lo establecido en el Parágrafo Uno (sic) del artículo 312 del CPC (sic) anuncié Recurso de Casación, por ser una sentencia interlocutoria que sí pone fin al juicio de divorcio, (…) sentencia que repito me causó un gravamen irreparable consistente en la adjudicación de bienes de mi propiedad a la comunidad patrimonial del matrimonio que existió entre los ciudadanos Ariana Iacobucci Rosales y Andrés Eloy Delgado Gómez.

Dispositiva

En mérito de las anteriores consideraciones, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR los recursos de hecho propuestos por los ciudadanos Andrés Eloy Delgado Gómez y Argimiro Delgado Chacón, contra el auto de fecha 2 de mayo de 2006, emanado del Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil Tránsito, Protección del Niño y del Adolescente, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira denegatorio, a su vez, del recurso de casación anunciado contra la sentencia de fecha 6 de marzo de 2006 dictada por el referido Juzgado Superior. De conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil se condena en costas a los recurrentes en lo que respecta al ejercicio del recurso.

Palabras clave

divorciocasacionsentencia interlocutoriapatrimonio conyugalrecursos de hechoLey Orgánica de Protección al Niño y del AdolescenteCódigo de Procedimiento Civil

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