Sentencia N° 148 — Sala de Casación Social del TSJ, 17 de marzo de 2026

TSJ/SCS, Sent. N° 148, Exp. 25-659, 24/03/2026
Expediente25-659
PonenteELÍAS RUBÉN BITTAR ESCALONA
MateriaAgrario
Tipo de recursoCasacion Agrario
Fecha de la decisión2026-03-17
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre el recurso de hecho interpuesto por Luris Marisol Barrios Rivas, en representación de Ángel Antonio Barrios Rivas, contra la decisión del Juzgado Superior Agrario que declaró inadmisible el recurso de casación. La inadmisibilidad se fundamentó en la falta de estimación de la cuantía de la demanda, requisito indispensable para la procedencia del recurso de casación agrario. La Sala constató que en el libelo no se presentó la cuantía requerida, lo que impidió verificar el cumplimiento de este requisito esencial. En consecuencia, se declaró sin lugar el recurso de hecho y se confirmó la decisión del Juzgado Superior Agrario, resaltando la importancia de la cuantía en el acceso a la justicia agraria. Finalmente, se condenó en costas a la parte recurrente, reafirmando la necesidad de cumplir con los requisitos procesales establecidos por la ley para garantizar la admisibilidad de los recursos en sede casacional.

Extracto de la motiva

En consecuencia, en vista que al caso concreto le es aplicable el criterio jurisprudencial y, al faltar uno de los requisitos indispensables para que proceda la admisión del recurso extraordinario de casación propuesto, como lo es la determinación de la cuantía de la demanda conforme a lo previsto en los artículos 233 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, en concordancia con lo establecido en el artículo 312 del Código de Procedimiento Civil, se debe declarar inadmisible el presente recurso de Casación que se examina. ASÍ SE DECIDE.

Dispositiva

PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de hecho intentado por la profesional del Derecho Luris Marisol Barrios Rivas, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano ÁNGEL ANTONIO BARRIOS RIVAS, contra el fallo proferido el 13 de agosto de 2025, por el Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, con sede en San Juan de Los Morros, mediante el cual declaró inadmisible el recurso de casación. SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia recurrida.

Palabras clave

recurso de hechocasación agrariacuantíainadmisibilidad

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