Sentencia N° 148 — Sala de Casación Social del TSJ, 20 de marzo de 2015
TSJ/SCS, Sent. N° 0148, Exp. 15-0010, 20/03/2015
Expediente15-0010
PonenteDanilo A. Mojica Monsalvo
MateriaLaboral
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2015-03-20
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre un recurso de nulidad interpuesto por Carlos Eduardo Goto contra un acto administrativo de la Gerencia Estadal de Seguridad y Salud de los Trabajadores Aragua. El recurrente solicitó la nulidad del informe pericial que determinó su grado de discapacidad y el monto de indemnización, alegando errores en el cálculo. El Juzgado Superior Primero del Circuito Judicial del Trabajo declaró inadmisible la acción por no presentar el documento fundamental y por la acumulación de pretensiones incompatibles.
La Sala de Casación Social confirmó la decisión del juzgado inferior, argumentando que el recurrente no cumplió con los requisitos procesales necesarios para la admisibilidad de su demanda. Se destacó que la falta de consignación del documento esencial y la incompatibilidad de los procedimientos solicitados justificaron la inadmisibilidad del recurso. La Sala enfatizó la importancia de respetar los procedimientos establecidos en la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
Finalmente, la Sala declaró sin lugar el recurso de apelación, reafirmando que la decisión del juzgado inferior se ajustó a derecho y no vulneró el derecho a la tutela judicial efectiva del recurrente.
Extracto de la motiva
Se contrae el presente asunto a una demanda de nulidad contra un acto administrativo relacionado con el Informe Pericial, a través del cual se informa sobre las resultas obtenidas en la experticia practicada con ocasión a la certificación de enfermedad ocupacional efectuada en beneficio del ciudadano CARLOS EDUARDO GOTO; quien no se encuentra conforme con los parámetros utilizados en la determinación del monto mínimo a indemnizar.
Siendo ello así, el recurrente pretende que en el marco del presente procedimiento contencioso no sólo se declare la nulidad del acto administrativo dictado por la GERENCIA ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES ARAGUA (GERESAT) del INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD, Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL), sino que además se ordene a dicho ente administrativo, realizar una experticia complementaría y sea condenada por el Tribunal al pago de una indemnización, el daño moral, daños y perjuicios y la corrección monetaria de las cantidades que resulten de tales conceptos demandados.
Ahora bien, con vista a tales pretensiones el Juzgado Superior Primero del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, declaró inadmisible la acción de nulidad, pues, por una parte encontró que el recurrente no consignó el documento fundamental incumpliendo así con lo establecido en el numeral 6 del artículo 33 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y; por otra parte evidenció que las pretensiones contenidas en el libelo de demanda poseen procedimientos que se excluyen entre sí.
Dispositiva
PRIMERO: Declara SIN LUGAR el recurso de apelación propuesto por la parte actora contra el fallo dictado por el Juzgado Superior Primero del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua en fecha 2 de diciembre del año 2014, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 33 numeral 6 y 35 numerales 2 y 4 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y, SEGUNDO: CONFIRMA el mencionado fallo.