Sentencia N° 148 — Sala de Casación Social del TSJ, 13 de febrero de 2007

TSJ/SCS, Sent. N° 0148, Exp. 06-1275, 13/02/2007
Expediente06-1275
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la Legalidad
Fecha de la decisión2007-02-13
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 13 de febrero de 2007, declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por el ciudadano Lesman José Vicuña Rodríguez contra la decisión del Juzgado Superior Segundo del Trabajo del Estado Zulia. La Sala fundamentó su decisión en el incumplimiento de los requisitos de admisibilidad establecidos en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, específicamente en que la sentencia recurrida no era impugnable en casación.

Extracto de la motiva

La Sala verifica que la demanda fue introducida en fecha 10 de octubre de 2001, siendo que para el momento de su interposición la cuantía mínima requerida para acceder a la sede casacional en los juicios laborales era de tres millones de bolívares (Bs. 3.000.000,00), en conformidad con lo dispuesto en el Decreto Presidencial N° 1029, publicado en Gaceta Oficial de la República de Venezuela, hoy República Bolivariana de Venezuela, número 293.136, de fecha 22 de enero de 1996. Asimismo, se aprecia del escrito libelar que la pretensión en la presente causa fue estimada por la parte actora en la cantidad de dieciséis millones setenta y nueve mil cuatrocientos treinta y ocho bolívares con siete céntimos (Bs. 16.079.438,07), superando esta cantidad el mínimo exigido legalmente para ser recurrible en sede casacional, según lo antes expuesto, es decir, tres millones de bolívares (Bs. 3.000.000,00). De tal manera que, en el caso bajo estudio se incumple el requisito de admisibilidad del recurso de control de la legalidad previsto en el artículo 178 de la Ley Adjetiva Laboral, referido a que la sentencia emanada del Tribunal Superior del Trabajo no sea impugnable en casación, lo cual trae como efecto inmediato, la declaratoria de inadmisibilidad del presente medio excepcional de impugnación ejercido por la parte demandante.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de Control de la Legalidad propuesto por la parte demandante, contra la decisión proferida por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Maracaibo, en fecha 28 de junio de 2006. No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Maracaibo. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen antes mencionado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

control de la legalidadinadmisibilidadrecurso laboralcuantíajurisprudenciaLey Orgánica Procesal del TrabajoTribunal Superior

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