Sentencia N° 1479 — Sala de Casación Social del TSJ, 2 de octubre de 2006

TSJ/SCS, Sent. N° 1479, Exp. 06-1049, 02/10/2006
Expediente06-1049
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2006-10-02
DecisiónPerecido

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de casación interpuesto por Luis Simosa, quien no formalizó su recurso dentro del lapso establecido. La decisión del Juzgado Primero Superior había confirmado la decisión de primera instancia, y el recurso fue declarado perecido por no cumplir con los requisitos formales exigidos por la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. La Sala enfatizó la importancia de la formalización del recurso y las consecuencias de su inobservancia.

Extracto de la motiva

(Omissis) La relevancia de la formalización del recurso de casación radica en la naturaleza jurídica del mismo, como un recurso extraordinario, lo que exige su fundamentación en los motivos establecidos de forma taxativa por la ley. De ahí que, ante la falta de consignación del escrito correspondiente, o bien ante su ineficacia, derivada del incumplimiento de las condiciones de modo, lugar y tiempo establecidas, el recurso debe declararse perimido, por expresa disposición legal. En el caso bajo estudio, una vez efectuado el cómputo del término de distancia –seis (6) días entre Maturín y Caracas- y el lapso subsiguiente de veinte (20) días para formalizar el recurso, se concluye que éste venció el 4 de julio de 2006. Ahora bien, la parte actora anunció recurso de casación, oportunamente, el 6 de junio de 2006 pero no lo formalizó. Por lo tanto, visto que el lapso para la formalización venció el 4 de julio de 2006, sin que se consignara el escrito correspondiente, esta Sala de Casación Social, de conformidad con lo establecido el artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declara perecido el recurso interpuesto. Así se resuelve.

Dispositiva

En mérito de las consideraciones anteriores, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PERECIDO el recurso de casación interpuesto por la representación judicial del ciudadano Luis Simosa contra la decisión publicada el 1 de junio de 2006, por el Juzgado Primero Superior del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. Se condena en costas al recurrente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

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