Sentencia N° 1475 — Sala de Casación Social del TSJ, 6 de octubre de 2009
TSJ/SCS, Sent. N° 1475, Exp. 09-1060, 06/10/2009
Expediente09-1060
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2009-10-06
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, confirmando la decisión del Juzgado Segundo Superior del Trabajo. Se argumentó que la sentencia recurrida no vulnera normas de orden público laboral ni la doctrina jurisprudencial establecida por la Sala. Se destacó que el recurso no cumplía con los requisitos necesarios para su admisibilidad, por lo que se declaró inadmisible.
Extracto de la motiva
El Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos fallos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aún y cuando no fueran recurribles en casación, sin embargo, violenten o amenacen con violentar las normas de orden público o cuando la sentencia recurrida sea contraria a la reiterada doctrina jurisprudencial de dicha Sala de Casación. En estos casos, la parte recurrente podrá, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la publicación del fallo ante el Tribunal Superior del Trabajo correspondiente, solicitar el control de la legalidad del asunto, mediante escrito, que en ningún caso excederá de tres (3) folios útiles y sus vueltos. Verificado en el presente caso el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad antes transcritos, pasa esta Sala a conocer el escrito contentivo de este medio de impugnación excepcional en los siguientes términos: Alega la parte recurrente, que el juzgador de alzada infringió los artículos 49 de la Constitución y 5 y 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, así como la reiterada doctrina jurisprudencial emanada de esta Sala, por cuanto no fue tomado en cuenta por el sentenciador superior, la constancia médica expedida por el Instituto de Previsión Social de los Trabajadores Administrativos de la Universidad Centro- Occidental Lisandro Alvarado, donde se deja constancia de la crisis hipertensiva que sufrió el representante legal de la parte accionada y que le impidió asistir a la celebración de la audiencia preliminar.
Dispositiva
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad propuesto por la representación judicial de la parte demandada, contra la sentencia de fecha 13 de julio del año 2009 emanada del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
Palabras clave
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