Sentencia N° 1473 — Sala de Casación Social del TSJ, 7 de diciembre de 2010
TSJ/SCS, Sent. N° 1473, Exp. 10-354, 07/12/2010
Expediente10-354
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2010-12-07
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, declara inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, SANTIAGO GONZÁLEZ, contra la sentencia del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de Miranda. La decisión se basa en la falta de presentación de un escrito motivado que justifique la impugnación, lo que es un requisito esencial para la admisibilidad del recurso. Se establece que el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo regula este tipo de recursos y limita el tiempo para su presentación.
Extracto de la motiva
El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo establece el control de la legalidad, como la vía recursiva para impugnar ante la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, aquellas decisiones emanadas de los Tribunales Superiores del Trabajo que no sean recurribles en casación y que violenten o amenacen con violentar normas de orden público; ello, a fin de restablecer el orden jurídico infringido. Asimismo, se encuentra limitada la oportunidad para interponer el referido recurso, a un lapso preclusivo de cinco (5) días hábiles, los cuales de conformidad con el artículo 165 eiusdem y según criterio plasmado en sentencia N° 569, emanada de esta Sala en fecha 29 de abril de 2008, caso: Maritza Margarita Antequera Nelo contra Promotora Millenium, C.A., comenzarán a transcurrir una vez vencido el lapso que la ley otorga para publicar la sentencia, y a través de escrito, el cual no podrá exceder de tres (3) folios útiles y sus vueltos, pues tal inobservancia acarrearía la inadmisibilidad de éste. En tal sentido se exige la presentación de un escrito motivado, que se explica al constituir el control de la legalidad un medio de impugnación, de allí que las razones sobre las cuales se fundamenta la revisión de la sentencia definitiva emanada del juzgado superior, así como la mención de las supuestas normas de derecho transgredidas o violadas, lo cual constituye la pretensión de la impugnación, deben ser expuestas de forma clara, concisa y concreta por quien se considere perjudicado con el vicio jurídico que adolezca la sentencia recurrida; de modo que el recurrente exponga las denuncias de violación a normas de orden público, que en su criterio inficionan de nulidad la sentencia impugnada, y por las cuales considera que el recurso es procedente; lo anterior fue destacado en sentencia N° 270 del 13 de febrero de 2006 (caso: Pedro José Mejías Dávila contra Constructora Jemynem, C.A.).
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, contra la sentencia proferida por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, de fecha 4 de febrero de 2010. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial supra identificada. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen antes mencionado, de conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
control de la legalidadimpugnaciónsentenciaderechonulidadrecursojuzgadoorden público