Sentencia N° 1470 — Sala de Casación Social del TSJ, 3 de noviembre de 2005
TSJ/SCS, Sent. N° 1470, Exp. 05-392, 03/11/2005
Expediente05-392
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la Legalidad
Fecha de la decisión2005-11-03
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara con lugar el recurso de control de la legalidad interpuesto por la sociedad mercantil demandada, Estación de Servicio Nirgua 2, C.A. Anula la sentencia de fecha 16 de febrero de 2005, proferida por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, y repone la causa al estado de ejecutar la sentencia proferida el 20 de abril de 2004. Se ordena la remisión del expediente al Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución para la efectiva ejecución del fallo, incluyendo la indexación de la cantidad consignada por la parte demandada.
Extracto de la motiva
El artículo 200 de la ley Orgánica Procesal del Trabajo establece la competencia funcional de los tribunales de Municipio para conocer los procesos laborales que estuvieran en curso desde la entrada en vigencia de la Ley hasta su decisión definitiva. Este artículo no puede interpretarse literal y aisladamente sino en concordancia con el artículo 523 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por la remisión permitida en el artículo 11 de nuestra Ley Orgánica Procesal del trabajo, en ausencia de disposición expresa para decidir el caso planteado. Según este artículo el juez competente para la ejecución de la sentencia o cualquier otro acto que tenga fuerza de tal corresponderá al tribunal que haya conocido de la causa en primera instancia. Consta en este proceso que el tribunal del Municipio Nirgua conoció en primera instancia del presente juicio de calificación de despido, por lo que es evidente que tiene competencia funcional para ejecutar la sentencia dictada por esta alzada el 20-04-2004, en obsequio del interés público del buen desarrollo y organización de la administración de justicia que hizo el Tribunal Supremo de Justicia por resolución y la Asamblea Nacional la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1) CON LUGAR el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la sociedad mercantil demandada, Estación de Servicio Nirgua 2, C.A., contra la decisión publicada en fecha 16 de febrero de 2005 por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy; en consecuencia, 2) la NULIDAD de la sentencia recurrida; y LA REPOSICIÓN de la causa al estado de ejecutar la sentencia de mérito proferida el 20 de abril de 2004 por el mencionado Juzgado Superior; a tal efecto 3) Se ordena la REMISIÓN del presente expediente al Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución que resulte competente, para la efectiva ejecución del referido fallo; y 4) se acuerda la INDEXACIÓN de la cantidad consignada por la parte demandada.
Palabras clave
control de la legalidadejecución de sentenciaindexacióncompetencia funcionalderecho laboralsentencia definitivacostasprincipio de igualdad