Sentencia N° 147 — Sala de Casación Social del TSJ, 7 de marzo de 2016
TSJ/SCS, Sent. N° 0147, Exp. 15-813, 07/03/2016
Expediente15-813
PonenteEdgar Gavidia Rodríguez
MateriaLaboral
Tipo de recursoApelacion
Fecha de la decisión2016-03-07
DecisiónHomologa el desistimiento
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de apelación interpuesto por GHELLA SOGENE, C.A. contra un auto de admisión de pruebas. El abogado Yeoshua Bograd Lamberti, en representación de la empresa, solicitó el desistimiento de la apelación, lo cual fue verificado y homologado por la Sala. La decisión se fundamenta en la facultad expresa para desistir y el cumplimiento de los requisitos legales establecidos en el Código de Procedimiento Civil.
Extracto de la motiva
En razón de tal manifestación, verificada como ha sido la facultad expresa para desistir y el carácter con el cual actúa el solicitante, de acuerdo con la exigencia prevista en el artículo 154 del Código de Procedimiento Civil, según se aprecia de la copia del poder consignado conjuntamente con la aludida diligencia, esta Sala, conforme a la disposición contenida en el artículo 263 eiusdem, homologa el desistimiento del recurso de apelación interpuesto contra el auto de admisión de pruebas del 1° de junio de 2015, que inadmitió las pruebas de informes y de exhibición, dictado por el Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Así se decide.
Dispositiva
HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO del recurso de apelación ejercido por la sociedad mercantil Ghella Sogene, C.A., contra el auto proferido por el Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el 1° de junio de 2015.