Sentencia N° 1460 — Sala de Casación Social del TSJ, 6 de octubre de 2009
TSJ/SCS, Sent. N° 1460, Exp. 09-1014, 06/10/2009
Expediente09-1014
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2009-10-06
DecisiónPERECIDO
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 6 de octubre de 2009, declaró perecido el recurso de casación interpuesto por los demandantes en un juicio por cobro de horas extras. La sentencia de alzada había declarado parcialmente con lugar el recurso de apelación, pero los demandantes no formalizaron el recurso de casación dentro del lapso legal establecido. La Sala enfatizó la importancia de cumplir con los requisitos formales para la presentación de recursos extraordinarios.
Extracto de la motiva
(Omissis) La relevancia de la formalización del recurso de casación radica en la naturaleza jurídica del mismo, como un recurso extraordinario, lo que exige su fundamentación en los motivos establecidos de forma taxativa por la ley. De ahí que, ante la falta de consignación del escrito correspondiente, o bien ante su ineficacia, derivada del incumplimiento de las condiciones de modo, lugar y tiempo establecidas, el recurso debe declararse perimido, por expresa disposición legal. En el caso bajo estudio, una vez efectuado el cómputo del lapso de veinte (20) días para formalizar el recurso, se concluye que éste venció el 29 de julio de 2009. Ahora bien, la representación judicial de los demandantes anunció recurso de casación, el 26 de junio de 2009, pero no formalizó. Por lo tanto, visto que el lapso para la formalización venció el 29 de julio de 2009, incluyendo el término de la distancia correspondiente, esta Sala de Casación Social, de conformidad con lo establecido en el artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declara perecido el recurso interpuesto. Así se resuelve.
Dispositiva
En mérito de las consideraciones anteriores, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PERECIDO el recurso de casación interpuesto por los demandantes, contra la decisión publicada el 15 de mayo de 2009, por el Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. Se condena en costas a la parte recurrente, de conformidad con lo previsto en el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
recurso de casacióncobro de horas extrasformalizaciónperenciónLey Orgánica Procesal del Trabajodecisión judicialcostas