Sentencia N° 1459 — Sala de Casación Social del TSJ, 11 de diciembre de 2012

TSJ/SCS, Sent. N° 1459, Exp. 12-688, 11/12/2012
Expediente12-688
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2012-12-11
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre un recurso de apelación interpuesto por GEOSERVICES S.A. contra un fallo que declaró improcedente una medida cautelar de suspensión de efectos de un acto administrativo del INPSASEL. La parte actora alegó vicios en el acto administrativo que certificó una enfermedad ocupacional de un trabajador, solicitando la nulidad del mismo. Sin embargo, la Sala concluyó que no se cumplían los requisitos para la procedencia de la medida cautelar, ya que no se evidenció la apariencia de buen derecho ni el riesgo de daños irreparables.

Extracto de la motiva

La medida cautelar de suspensión de efectos constituye una excepción al principio de ejecutoriedad del acto administrativo, consecuencia de la presunción de legalidad de la cual está investido el mismo, a través de ella se procura evitar lesiones irreparables o de difícil reparación por la ejecución de una decisión administrativa que eventualmente resultare anulada. Por tanto, la suspensión de efectos, al igual que las demás medidas preventivas nominadas, procede solo cuando se verifiquen concurrentemente los supuestos que la justifican, esto es: 1) que pueda presumirse que la pretensión procesal principal resultará favorable o, lo que es lo mismo, la violación o amenaza de violación del derecho o derechos que se reclaman (fumus boni iuris), y 2) que la medida sea necesaria a los fines de evitar perjuicios irreparables, de difícil reparación, o la ilusoriedad de la ejecución de la sentencia de mérito (periculum in mora); a lo que debe agregarse, conforme con lo dispuesto en el artículo 104 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, la adecuada ponderación de los “intereses públicos generales y colectivos concretizados y ciertas gravedades en juego, siempre que dichas medidas no prejuzguen sobre la decisión definitiva”.

Dispositiva

En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara 1° SIN LUGAR el recurso de apelación propuesto contra la decisión proferida por el Juzgado Quinto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en fecha 17 de abril de 2012, que declaró improcedente la medida cautelar de suspensión de efectos del acto administrativo impugnado, solicitada por la parte actora. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia.

Palabras clave

nulidadmedida cautelaractos administrativosINPSASELHipoacusia Neurosensorial Bilateral

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca