Sentencia N° 1458 — Sala de Casación Social del TSJ, 17 de diciembre de 2013

TSJ/SCS, Sent. N° 1458, Exp. 13-1237, 17/12/2013
Expediente13-1237
PonenteOctavio Sisco Ricciardi
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2013-12-17
DecisiónPerecido

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 17 de diciembre de 2013, declaró perecido el recurso de casación interpuesto por los ciudadanos JOSÉ RAMIRO GARCÍA y JOSÉ ALFONSO OTERO contra la decisión del Juzgado Superior Primero del Trabajo. La Sala fundamentó su decisión en el incumplimiento de los plazos establecidos para la formalización del recurso, indicando que el mismo no fue presentado dentro del lapso de veinte días consecutivos que establece la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Extracto de la motiva

El artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establece que será declarado perecido el recurso, cuando el escrito de formalización no se presente en el lapso establecido o no cumpla con los requisitos exigidos por el mismo dispositivo técnico legal. La norma en referencia establece un lapso de veinte (20) días consecutivos para formalizar el recurso de casación, el cual se computará a partir del día siguiente del vencimiento de los cinco (5) días hábiles que se conceden para el anuncio del recurso. En este orden de ideas, practicado como ha sido por la Secretaría de esta Sala el cómputo correspondiente de los días transcurridos para que se presentara la formalización del presente recurso de casación, se constata que el mismo comenzó a correr el 26 de julio de 2013, día siguiente al último de los cinco (5) días hábiles que se confieren para el anuncio, y venció el 14 de agosto del mismo año. Así pues, se constata que anunciado el recurso de casación de manera oportuna, posteriormente no fue presentado el respectivo escrito de formalización, por consiguiente, esta Sala de Casación Social debe declarar perecido el recurso de casación interpuesto. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara PERECIDO el recurso de casación anunciado por la parte actora, contra la decisión publicada el 17 de julio de 2013, por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. No hay condenatoria en costas del recurso, de conformidad con el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

recursocasacióntrabajojurisdicciónprocedimiento

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