Sentencia N° 1455 — Sala de Casación Social del TSJ, 30 de septiembre de 2008
TSJ/SCS, Sent. N° 1455, Exp. 07-898, 30/09/2008
Expediente07-898
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2008-09-30
DecisiónDesistido y Sin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara desistido el recurso de casación interpuesto por la parte demandada y sin lugar el recurso de casación interpuesto por la parte actora. La decisión se basa en la falta de comparecencia de la parte demandada a la audiencia pública y en la confirmación de la sentencia del Juzgado Cuarto Superior del Trabajo, que había declarado parcialmente con lugar la demanda de indemnización por accidente de trabajo. La Sala concluye que la recurrida no incurrió en vicios de incongruencia o inmotivación en su decisión.
Extracto de la motiva
La Sala para decidir observa: De acuerdo con lo expresado en la sentencia recurrida, luego de haber analizado todo el material probatorio aportado por las partes, entre otros, el informe rendido por el experto de seguridad industrial y la inspección judicial, evacuada en el sitio de trabajo, el Juzgado Superior se pronunció sobre las indemnizaciones reclamadas con base en la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo y concluyó, al igual que el de Primera Instancia, que ciertamente el accidente de trabajo ocurrió por culpa de la demandada al no cumplir con las normas de higiene, prevención y seguridad en el trabajo, establecidas en el Reglamento de las Condiciones de Higiene y Seguridad en el Trabajo, al no haber adiestrado ni suministrado al actor, fajas, cuerdas salvavidas, entre otros dispositivos de seguridad necesarios para ejecutar el tipo de trabajo que le ocasionó el siniestro –reciclar la mezcla de concreto que se utiliza para la fabricación de tuberías de concreto-, dado que el actor fue contratado para desempeñar el cargo de desencofrador de tuberías, como fue admitido por la demandada, en la contestación a la demanda. De esta forma manifestó la recurrida su conformidad con los argumentos de hecho y de derecho esbozados por el a quo, confirmó la decisión apelada, y declaró procedente sólo la indemnización reclamada de conformidad con el Parágrafo Segundo numeral 3° del artículo 33 de la Ley Orgánica de Prevención Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: 1) DESISTIDO el recurso de casación interpuesto por la parte demandada; y, 2) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte actora contra la sentencia dictada el 3 de abril de 2007, por el Juzgado Cuarto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar. Se condena en costas del recurso a la parte demandada, en conformidad con lo previsto en los artículos 62 y 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. No se condena en costas a la parte actora de acuerdo con el artículo 64 eiusdem.
Palabras clave
indemnizaciónaccidente de trabajorecurso de casaciónvicio de incongruenciamotivaciónLey Orgánica Procesal del Trabajoresponsabilidad patronal