Sentencia N° 1453 — Sala de Casación Social del TSJ, 10 de julio de 2007

TSJ/SCS, Sent. N° 1453, Exp. 06-431, 10/07/2007
Expediente06-431
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2007-07-10
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de hecho interpuesto por el ciudadano Roberto Joaquín Reverón Guevara, en el contexto de un juicio por calificación de despido. La Sala declaró inadmisible el recurso de casación presentado, argumentando que no se encuentra previsto en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo para decisiones interlocutorias en fase de ejecución. Además, se impuso una multa de diez unidades tributarias a la parte recurrente por malicia en la interposición del recurso.

Extracto de la motiva

El Juez ad quem, basó la negativa de admisión del recurso anunciado, en las consideraciones siguientes: En los juicios del trabajo, la admisión del recurso de casación se rige por el artículo 167 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, que dispone que el Recurso de Casación puede proponerse: PRIMERO: Contra las sentencias de Segunda Instancia que pongan fin al proceso cuyo interés principal exceda de TRES MIL UNIDADES TRIBUTARIAS (3.000 UT). SEGUNDO: Contra los laudos arbítrales, cuando el interés principal de la controversia exceda de TRES MIL UNIDADES TRIBUTARIAS (3.000 UT), es decir, Bs. 33.600,00 x 3.000, que actualmente equivalen a CIEN MILLONES OCHOCIENTOS MIL BOLIVARES (BS. 100.800.000). En consecuencia, al no estar previsto en el artículo 167 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la petición extraordinaria de impugnación contra las decisiones interlocutorias dictadas con ocasión de la ejecución de las sentencias dictadas en el curso de un Procedimiento de Estabilidad Laboral resulta inadmisible el Recurso de Casación presentado, con lo que por lo demás esta Superioridad acoge la doctrina vinculante sentada en la sentencia dictada por la sala de casación social del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 24-05-2.004, (…)

Dispositiva

En mérito de las precedentes consideraciones, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de hecho propuesto por la parte actora, contra el auto de fecha 17 de febrero de 2006, proferido por el Juzgado Tercero Superior del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial de Área Metropolitana de Caracas, denegatorio del recurso de casación anunciado contra la sentencia de fecha 06 de febrero del mencionado año, dictada por el referido juzgado superior. De conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se condena en costas a la parte recurrente. Se impone al recurrente multa de diez unidades tributarias (10 U.T.), y en tal sentido, se ordena al Tribunal de la causa expedir la correspondiente planilla de liquidación, para ser pagada en una Oficina Receptora de Fondos Nacionales, adscrita al Ministerio de Finanzas.

Palabras clave

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