Sentencia N° 1451 — Sala de Casación Social del TSJ, 28 de septiembre de 2006
TSJ/SCS, Sent. N° 1451, Exp. 06-555, 28/09/2006
Expediente06-555
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2006-09-28
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social, presidida por el Magistrado Omar Alfredo Mora Díaz, decidió declarar sin lugar el recurso de casación interpuesto por el ciudadano Jorge Manuel Estrela de Brito contra la decisión del Juzgado Primero Superior del Trabajo. La sentencia recurrida había confirmado la decisión de primera instancia que declaró sin lugar la demanda por cobro de prestaciones sociales. La Sala argumentó que el demandante no presentó el contrato de trabajo en el momento procesal adecuado, lo que llevó a la desestimación del recurso.
Extracto de la motiva
La Sala, para decidir, observa: En primer término, es de advertirse que el formalizante incurre en una imprecisión técnica al delatar la falta de aplicación de una norma -artículo 5 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo-, supuesto este de infracción de ley, con sustento en el ordinal 3° de la Ley adjetiva laboral, precepto que regula los supuestos de inmotivación del fallo -vicio intrínseco de la sentencia-. De otra parte, en los argumentos esgrimidos en el escrito de formalización no se realiza señalamiento alguno de cuál es el documento que la recurrida dejó de apreciar llevándola a la falta de aplicación de la norma acusada, pues, en la denuncia se indica que se trata de un contrato, no obstante, en el fallo impugnado se evidencia la valoración por la juzgadora de alzada de diversos contratos cursantes a los autos, todo lo cual, es motivo suficiente para desechar la delación. Sin embargo, al margen de las deficiencias técnicas antes verificadas, la Sala en atención a lo dispuesto en los artículos 26 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que garantiza a las partes una justa resolución de la controversia, expedita y sin dilaciones indebidas, estima oportuno realizar los siguientes señalamientos: La sentencia recurrida en casación, atendiendo a un alegato esgrimido por la parte actora, señaló: “(…), ciertamente, en nuestro nuevo proceso, el juez de juicio tiene amplias facultades para la búsqueda de la verdad, pero las utiliza cuando considera que son insuficientes las pruebas aportadas por las partes, no para suplir las cargas procesales de alguna de ellas. Siendo así, en el caso de marras, la parte actora debió promover el contrato aludido en su exposición, en la oportunidad procesal correspondiente, prevista en la norma (artículo 73 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo), que es al inicio de la audiencia preliminar, por tanto se desestima el alegato de revisar el contrato consignado.” (Resaltado de la Sala)
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte demandante, contra la decisión de fecha 22 de marzo de 2006 proferida por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En consecuencia, se confirma la sentencia recurrida. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, ello, a los fines legales consiguientes. Remítase copia certificada del presente fallo al Juzgado Superior de origen, antes identificado. Se condena en costas a la parte accionada recurrente de conformidad con lo establecido en el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
cobro de prestacionesrecurso de casaciónrelación laboralpruebasinfracción de leymotivaciónjuez de juicioLey Orgánica Procesal del Trabajo