Sentencia N° 1448 — Sala de Casación Social del TSJ, 11 de diciembre de 2012
TSJ/SCS, Sent. N° 1448, Exp. 10-931, 11/12/2012
Expediente10-931
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2012-12-11
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, bajo la ponencia del Magistrado Juan Rafael Perdomo, decidió sobre un recurso de casación interpuesto por Eilyin de la Caridad Salinas de García contra la sentencia del Juzgado Cuarto Superior del Trabajo del estado Zulia, que había declarado sin lugar la apelación y parcialmente con lugar la demanda. La parte actora alegó infracciones a la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, específicamente en relación a la carga de la prueba sobre la enfermedad ocupacional.
Extracto de la motiva
La Sala observa: Del análisis de la denuncia se evidencia una confusión en los errores denunciados al mezclar infracción de normas relacionadas con el establecimiento de la carga de la prueba con error en la motivación y en la valoración de las pruebas promovidas. No obstante esto la Sala analizará los argumentos señalados en la formalización. En relación con la infracción de los artículos 10, 72, 116, 117 y 120 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, el artículo 72 se refiere a la carga de la prueba en general; y, el 120, a la carga de la prueba para desvirtuar las presunciones. La recurrida, de conformidad con la interpretación que la Sala ha realizado del artículo 72 eiusdem, según la cual, cada parte tiene que demostrar los hechos alegados, el patrono siempre tiene la carga de demostrar las causas del despido y el pago liberatorio de sus obligaciones; y, que se mantiene la presunción de laboralidad, estableció que la parte actora tenía la carga de probar que la enfermedad ocupacional padecida fue producto de la labor desempeñada para la demandada, con lo cual no infringió el artículo denunciado. Adicionalmente, ese artículo sólo contiene la presunción de existencia de la relación laboral, lo cual fue admitido por la demandada, pero ninguna otra presunción relacionada con enfermedades profesionales que de conformidad con el artículo 120 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la demandada tuviera la carga de desvirtuar, razón por la cual, considera la Sala que la recurrida no infringió los artículos 72 y 120 eiusdem.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado contra la sentencia dictada en fecha 4 de junio de 2010 por el Juzgado Cuarto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia. No hay condenatoria al recurrente en las costas del recurso de conformidad con el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
carga de la pruebaenfermedad ocupacionalresponsabilidad objetivavaloración de pruebaspresuncionesLey Orgánica Procesal del Trabajo