Sentencia N° 1446 — Sala de Casación Social del TSJ, 31 de octubre de 2005

TSJ/SCS, Sent. N° 1446, Exp. 05-1052, 31/10/2005
Expediente05-1052
PonenteCarmen Elvigia Porras de Roa
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2005-10-31
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del TSJ declara inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por José Iván Silva Becerra contra la sentencia del Tribunal Superior para el Régimen Procesal del Trabajo. Se argumenta que el recurso no satisface los requisitos establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, ya que se trata de una decisión interlocutoria cuyo gravamen puede ser reparado en el fallo definitivo. La Sala reitera que el recurso de control de la legalidad es un medio excepcional y su admisibilidad depende de cumplir con las exigencias legales.

Extracto de la motiva

El recurso de control de la legalidad es un medio de impugnación excepcional, cuya admisibilidad requiere que se satisfagan las exigencias establecidas en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, a saber: 1) que se trate de sentencias proferidas por Juzgados Superiores Laborales; 2) que éstas no sean impugnables en casación; y 3) que vulneren o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral o procesal, o bien sean contrarias a la jurisprudencia reiterada de esta Sala de Casación Social. Además, es indispensable verificar la oportunidad de su interposición, pues la citada norma prevé el lapso preclusivo de cinco (5) días de despacho a partir de la fecha en que se publicó la sentencia sujeta a revisión para el ejercicio del recurso de control de la legalidad, así como la extensión del escrito, que no puede exceder de tres (3) folios útiles y sus vueltos. En el caso bajo análisis, el accionante denuncia que la recurrida violentó la normativa establecida en el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, al aceptar el “reconocimiento como parte del el (sic) ciudadano ELOY MONTAÑA, por parte de la Jueza de Primera Instancia (…) y ratificada (sic) por el Juez Superior, a pesar de no haber acreditado su representación”. Alega que demandó a una persona jurídica, representada por el ciudadano Eloy Montaña, y no a éste como persona natural; así mismo, expone que “para el momento en que se notificó era el representante del patrono (…), pero no existe en la actualidad, certeza de que sea el representante legal, ya que no presentó credencial alguna que lo acreditara (…) al momento de la audiencia preliminar.

Dispositiva

En mérito de las consideraciones anteriores, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por el accionante José Iván Silva Becerra, contra la sentencia de fecha 12 de mayo de 2005, publicada por el Tribunal Superior para el Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo. No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial arriba identificada. Particípese de esta remisión al Juzgado de origen antes mencionado, de conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

control de la legalidadinadmisibilidadrecursosentencia interlocutoriarepresentación legalLey Orgánica Procesal del Trabajogravamenjurisprudencia

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca