Sentencia N° 1444 — Sala de Casación Social del TSJ, 31 de octubre de 2005
TSJ/SCS, Sent. N° 1444, Exp. 05-1000, 31/10/2005
Expediente05-1000
PonenteCarmen Elvigia Porras de Roa
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la Legalidad
Fecha de la decisión2005-10-31
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisibles los recursos de control de la legalidad interpuestos por las sociedades mercantiles C.A. Telares de Maracay, Tejidos Aragua C.A. y Texfin C.A., así como por el ciudadano Enzo Antonio Disclafani Silva. La decisión se basa en que los recursos no satisfacen los extremos de ley requeridos para su admisibilidad, considerando que no vulneran normas de orden público ni la doctrina de la Sala.
Extracto de la motiva
La Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en su artículo 178, consagra el recurso de control de la legalidad como un medio de impugnación excepcional; en tal sentido, establece que el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos fallos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aun cuando no sean recurribles en casación, violenten o amenacen con violentar normas de orden público, o contraríen la doctrina jurisprudencial de esta Sala, circunstancias que configuran algunos de los requisitos de admisibilidad del mismo. Además de ello, la admisión del recurso in commento exige que se verifique la oportunidad de su interposición, pues la referida Ley establece un lapso preclusivo de cinco (5) días de despacho a partir de la fecha en que se publicó la sentencia sujeta a revisión, para el ejercicio del recurso del control de la legalidad, así como la extensión del escrito, que no puede exceder de tres (3) folios útiles y sus vueltos. Igualmente, es necesario dejar sentado que, tratándose de un recurso de naturaleza extraordinaria, corresponde a esta Sala restringir su admisibilidad, atendiendo a la potestad discrecional conferida por el citado artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, especialmente a aquellas situaciones donde se denuncie la violación de disposiciones de orden público o de la jurisprudencia reiterada de esta Sala.
Dispositiva
En mérito de las anteriores consideraciones, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1) INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de las sociedades mercantiles C.A. Telares de Maracay, Tejidos Aragua C.A. y Texfin C.A.; y 2) INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad presentado por la apoderada judicial del ciudadano Enzo Antonio Disclafani Silva, contra la sentencia publicada el 11 de mayo de 2005, por el Juzgado Primero Superior del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la presente decisión.
Palabras clave
control de la legalidadrecursos de apelaciónprestaciones socialesrelación laboralprescripcióngrupo empresarialorden público