Sentencia N° 1443 — Sala de Casación Social del TSJ, 11 de diciembre de 2012
TSJ/SCS, Sent. N° 1443, Exp. 12-1369, 11/12/2012
Expediente12-1369
PonenteLuis E. Franceschi Gutiérrez
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2012-12-11
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por un grupo de demandantes contra una sentencia interlocutoria del Juzgado Superior Cuarto del Trabajo. La Sala argumentó que el recurso es inadmisible cuando se solicita contra sentencias interlocutorias, ya que el agravio puede ser reparado en la sentencia definitiva. En este caso, el recurso fue declarado inadmisible por tratarse de una decisión que no pone fin al juicio.
Extracto de la motiva
El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo establece el control de la legalidad, como la vía recursiva para impugnar ante la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, aquellas decisiones emanadas de los Tribunales Superiores del Trabajo que no sean recurribles en casación y que violenten o amenacen con violentar normas de orden público; ello, a fin de restablecer el orden jurídico infringido. Asimismo, se encuentra limitada la oportunidad para interponer el referido recurso, a un lapso preclusivo de cinco (5) días hábiles, los cuales de conformidad con el artículo 165 eiusdem y según criterio plasmado en sentencia N° 569, emanada de esta Sala en fecha 29 de abril de 2008, caso: Maritza Margarita Antequera Nelo contra Promotora Millenium, C.A., comenzarán a transcurrir una vez vencido el lapso que la ley otorga para publicar la sentencia, y a través de escrito, el cual no podrá exceder de tres (3) folios útiles y sus vueltos, pues tal inobservancia acarrearía la inadmisibilidad de éste. Ahora bien, esta Sala de Casación Social reitera el criterio sostenido en sentencia Nº 87 del 20 de febrero de 2003 (caso: Dimas Alberto Velasco Sánchez), según el cual, el recurso de control de la legalidad es inadmisible cuando se solicite contra las sentencias interlocutorias emanadas de los Juzgados Superiores Laborales, en pro de la celeridad procesal, pues la eventual violación producida por las mismas se puede reparar en el fallo definitivo, recurrible ante esta Sala a través de los medios de impugnación permitidos por la Ley.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandante, contra la sentencia de fecha 27 de julio de 2012, emanada del Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, con sede en Ciudad Bolívar. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión.
Palabras clave
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