Sentencia N° 1440 — Sala de Casación Social del TSJ, 31 de octubre de 2005

TSJ/SCS, Sent. N° 1440, Exp. 05-1357, 31/10/2005
Expediente05-1357
PonenteAlfonso Valbuena Cordero
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2005-10-31
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por el ciudadano Jesús Alberto Salas contra la decisión del Tribunal Primero Superior del Trabajo de Mérida. La Sala analizó los alegatos del recurrente, quien alegaba infracciones a normas de orden público y jurisprudencia, pero concluyó que no existían tales infracciones que justificaran la admisibilidad del recurso. Por lo tanto, se declaró inadmisible el recurso.

Extracto de la motiva

Verificado en el presente caso el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad antes transcritos, pasa esta Sala a conocer el escrito contentivo de este medio de impugnación excepcional en los siguientes términos: Alega el recurrente que el Juez Superior del Trabajo incurrió en la infracción del artículo 68 de la Ley Orgánica de Tribunales y de Procedimiento del Trabajo, vigente para la época, así como en la contravención de la jurisprudencia dictada por esta Sala de Casación Social, según sentencias de fechas 09 de noviembre del año 2000 y 17 de febrero del año 2004, al concederle a la parte demandante el pago del máximo de horas extras establecido en el artículo 207 de la Ley sustantiva Laboral, y no la cantidad superior demandada por el trabajador en su libelo, en fundamento a que el actor no demostró si efectivamente laboró dichas horas extras, así como los días domingos y feriados demandados, de conformidad con la jurisprudencia dictada por esta Sala. Pero es el caso que, a su decir, dicha jurisprudencia fue dictada con posterioridad a la sustanciación de los actos procesales celebrados en Primera Instancia, es decir, que aplicó retroactivamente el criterio jurisprudencial establecido por la Sala referido a la carga probatoria de las horas extras. Asimismo, arguye el recurrente que el Juez Superior del Trabajo infringió los artículos 243 ordinal 5° del Código de Procedimiento Civil, 202 y 209 de la Ley Orgánica del Trabajo y 8 del Reglamento de la misma Ley sustantiva del Trabajo, al establecer que la inexistencia del libro de registros de las horas extras constatada en la inspección judicial practicada en la sede de la empresa demandada es demostrativo de que el actor no laboró dichas horas, aún cuando, a su decir, la consecuencia jurídica de la no presentación de dicho libro de registro es la procedencia de las horas extras alegadas por el trabajador como trabajadas y el hecho cierto que la empresa no pagó oportunamente tal concepto laboral al actor. Finalmente, señala el recurrente la violación de los artículos 12, 15, 243 ordinal 4°, 477, 478, 509 y 510 del Código de Procedimiento Civil, 6 y 116 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, así como la jurisprudencia dictada por esta Sala de Casación Social, según sentencia de fecha 09 de octubre del año 2003, al no valorar los medios de pruebas en su conjunto, pues sólo tomó en cuenta lo constatado en la inspección judicial -la inexistencia del libro de registros de horas extras-, sin valorar las testimoniales promovidas por la parte demandante que, a su decir, apreciadas en su conjunto hubiesen llevado al sentenciador superior a declarar con lugar la presente demanda.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandante contra la decisión de fecha 06 de julio del año 2005 emanada del Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con sede en la ciudad de Mérida. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con sede en la ciudad de Mérida.

Palabras clave

control de la legalidadinadmisionprestaciones socialeshoras extrasjurisprudenciatrabajoCódigo de Procedimiento CivilLey Orgánica Procesal del Trabajo

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