Sentencia N° 144 — Sala de Casación Social del TSJ, 17 de febrero de 2011

TSJ/SCS, Sent. N° 0144, Exp. 10-212, 17/02/2011
Expediente10-212
PonenteAlfonso Valbuena Cordero
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2011-02-17
DecisiónDesistido

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de casación interpuesto por la parte demandante, el cual fue declarado desistido debido a la no comparecencia de la parte recurrente a la audiencia pública fijada. La decisión se fundamenta en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, que establece que la falta de comparecencia del recurrente conlleva a la declaración de desistimiento del recurso.

Extracto de la motiva

El prenombrado artículo 173 eiusdem, en su último aparte establece: “Si el recurrente no compareciere a la audiencia, se declarará desistido el Recurso de Casación y el expediente será remitido al Tribunal correspondiente”. Aplicada la sanción a que se contrae la norma antes transcrita, visto que en el caso de autos, la parte demandante recurrente, no compareció a la audiencia fijada, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, declarará desistido el recurso de casación y el expediente se remitirá al Juzgado de la primera instancia correspondiente. Así se decide.

Dispositiva

Este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley: 1º) declara: DESISTIDO el Recurso de Casación propuesto por la parte demandante contra la decisión del Juzgado Cuarto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia; 2º) ORDENA al Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la misma Circunscripción Judicial, que resulte competente, continúe los trámites procesales correspondientes.

Palabras clave

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