Sentencia N° 1438 — Sala de Casación Social del TSJ, 16 de diciembre de 2016
TSJ/SCS, Sent. N° 1438, Exp. 15-1289, 16/12/2016
Expediente15-1289
PonenteEDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2016-12-16
DecisiónDesistido
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de casación interpuesto por la parte demandante, quien no compareció a la audiencia pública fijada para el 15 de noviembre de 2016. En consecuencia, se aplicó la sanción prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declarando desistido el recurso de casación. La decisión del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, que había revocado parcialmente una sentencia anterior, se mantiene firme.
Extracto de la motiva
En ese contexto, preceptúa el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en su último aparte, lo siguiente: “Si el recurrente no compareciere a la audiencia, se declarará desistido el Recurso de Casación y el expediente será remitido al Tribunal correspondiente”. Aplicada la sanción a la que se contrae la norma antes transcrita, y visto que en el caso de autos la parte demandante recurrente no compareció a la audiencia fijada, incumpliendo la carga procesal por ley impuesta, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, declara desistido el recurso de casación anunciado, en consecuencia, firme la sentencia impugnada. Así se decide.
Dispositiva
Este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: 1) DESISTIDO el recurso de casación interpuesto la parte demandante, contra la decisión de fecha 28 de septiembre de 2015, dictada por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara; 2) FIRME el fallo recurrido. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, a los fines legales subsiguientes. Particípese el contenido de esta decisión al Juzgado Superior de origen, antes identificado.
Palabras clave
cobro de acreenciastrabajorecurso de casacióndecisión judicialjusticiatribunal