Sentencia N° 1435 — Sala de Casación Social del TSJ, 17 de diciembre de 2013

TSJ/SCS, Sent. N° 1435, Exp. 12-1515, 17/12/2013
Expediente12-1515
PonenteLUIS EDUARDO FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2013-12-17
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la sociedad mercantil TROPICAL-KIT, C.A. contra la providencia administrativa N° PA-US-AGA-0012-2011, que impuso una multa por infracciones a la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo. La Sala declaró con lugar el recurso, revocando la decisión del Juzgado Superior que había declarado parcialmente con lugar el recurso administrativo de nulidad, y anuló la providencia administrativa impugnada por falta de motivación en la determinación del número de trabajadores expuestos para la sanción impuesta.

Extracto de la motiva

La Sala observa que el artículo delatado como infringido, dispone lo siguiente: Las infracciones en materia de la normativa de seguridad y salud laborales se sancionarán: 1. Las infracciones leves, con multa de hasta veinticinco unidades tributarias (25 U.T.) por cada trabajador o trabajadora expuesto. 2. Las infracciones graves, con multa desde veintiséis (26) hasta setenta y cinco (75) unidades tributarias (U.T.) por cada trabajador o trabajadora expuesto. 3. Las infracciones muy graves, con multa desde setenta y seis (76) hasta cien (100) unidades tributarias (U.T.) por cada trabajador o trabajadora expuesto. El número de trabajadores o trabajadoras expuestos será determinado por decisión debidamente fundada por la unidad técnica administrativa competente del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales. Como se aprecia de la norma transcrita, para la determinación de las sanciones pecuniarias allí previstas, debe contarse con una decisión fundada por la unidad técnica administrativa competente del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales, que justifiquen el número de trabajadores expuestos, ello en virtud a que las infracciones cometidas por los empleadores en materia de seguridad y salud laborales toman dicho número como factor multiplicador. Así las cosas, se entiende que ese deber de motivación a todas luces permite controlar la legalidad de la actuación de la Administración, con relación a los actos administrativos dictados por las infracciones encontradas en dicha materia, al poderse identificar o precisar las circunstancias de hecho sobre las cuales pretende legitimar su actuación.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la sociedad mercantil Tropical-Kit, C.A., contra la decisión de fecha 3 de octubre de 2012, dictada por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua; SEGUNDO: se REVOCA, la decisión recurrida; y TERCERO: CON LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad incoado; en consecuencia, se ANULA la providencia administrativa N° PA-US-AGA-0012-2011, de fecha 25 de abril de 2011, dictada por la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Aragua, adscrita al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), así como la Planilla de Liquidación signada con el N° 11-0103.

Palabras clave

Contencioso AdministrativoNulidadMultaSeguridad Laboral

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