Sentencia N° 1431 — Sala de Casación Social del TSJ, 28 de junio de 2007
TSJ/SCS, Sent. N° 1431, Exp. 06-1661, 28/06/2007
Expediente06-1661
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2007-06-28
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en fecha 28 de junio de 2007, declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de Gabriel Pellegrino contra la sentencia del Juzgado Superior Primero para el Nuevo Régimen Procesal y Régimen Procesal Transitorio del Trabajo. La decisión se fundamenta en el análisis de los requisitos técnicos y formales exigidos para la admisibilidad del recurso, así como en la revisión de los argumentos presentados por la parte recurrente, los cuales no lograron demostrar la vulneración de normas de orden público ni de la doctrina jurisprudencial de la Sala.
Extracto de la motiva
En el caso bajo análisis, denuncia la representación judicial de la parte recurrente, que la sentencia impugnada vulnera los artículos 26, 49, 89 numeral 3, 93, 254, 257 y 335 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; 5, 6, 8, 9 y 201 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; 5 y 59 de la Ley Orgánica del Trabajo y 94 del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República; así como la doctrina de la Sala Constitucional en sentencia Nro. 2769 del 3 de diciembre de 2004, y las sentencias de esta Sala Nros. 27 y 131 de fechas 5 de febrero de 2002 y 15 de marzo de 2005, respectivamente, al declarar la perención de la instancia. Aduce el impugnante que el “09-03-04 (rectius: 09 de agosto de 2004)”, el Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia ratificó lo ordenado por el extinto Juzgado Segundo de Primera Instancia del Trabajo, a saber, “la Notificación del (sic) PGR, conforme a lo previsto en el artículo 94 de la LOPGR (sic)”. En tal sentido alega, que la notificación de la Procuraduría General de la República, es una obligación de los funcionarios judiciales y no del demandante, “siendo esta una carga del juez como director del proceso, la cual debe realizarse previo al inicio de la sustanciación del juicio, por ser esta una prerrogativa de la República”, la cual opera de oficio. Asimismo, delata que el sentenciador de Alzada con “técnica de manipulación, considera no se realizó ningún acto tendiente a impulsar el proceso, debido a que el impulso recaía sobre la parte actora una vez que el mismo había nombrado correo especial a los fines de notificar al Procurador”. No obstante ello, obvió el hecho cierto de que el actor, mediante diligencia de fecha 20 de mayo de 2005, solicitó “la elaboración de la copia certificada para acompañar el oficio, como la notificación de la demandada”, con lo cual legitimó su interés en preservar la acción, siendo este el único acto posible por encontrarse suspendida la causa; no obstante, el juez ad quem consideró que dicha diligencia no constituía un acto de impulso procesal capaz de interrumpir la perención.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la parte accionante, contra la sentencia emanada del Juzgado Superior Primero para el Nuevo Régimen Procesal y Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 10 de abril de 2006. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial arriba identificada. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen antes mencionado, de conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
control de la legalidadperención de instancianotificaciónobligación judicialimpulso procesalsuspensión de causajurisprudenciaderechos laborales