Sentencia N° 1429 — Sala de Casación Social del TSJ, 10 de octubre de 2014
TSJ/SCS, Sent. N° 1429, Exp. 14-766, 10/10/2014
Expediente14-766
PonenteLuis Eduardo Franceschi Gutiérrez
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2014-10-10
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, declara inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por Enso Rafael Hurtado contra la sentencia del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de Anzoátegui. La decisión se basa en que no se evidenció violación de normas de orden público y que el recurso no se ajusta a los fines establecidos por la ley. Se destaca que el recurrente argumentó vulneraciones al debido proceso y a la defensa, pero el Tribunal concluyó que la decisión impugnada se encuentra ajustada a derecho.
Extracto de la motiva
El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo establece el control de la legalidad como la vía recursiva para impugnar, ante la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, aquellas decisiones emanadas de los Tribunales Superiores del Trabajo que no sean recurribles en casación y que violenten o amenacen con violentar normas de orden público, a fin de restablecer el orden jurídico infringido. Asimismo, la oportunidad para interponer el referido recurso se encuentra limitada a un lapso preclusivo de cinco (5) días hábiles, los cuales comenzarán a transcurrir una vez vencido el lapso que la ley otorga para publicar el fallo, de conformidad con el artículo 165 eiusdem y el criterio plasmado en sentencia N° 569, emanada de esta Sala en fecha 29 de abril de 2008, caso: Maritza Margarita Antequera Nelo contra Promotora Millenium, C.A.; y deberá hacerse a través de escrito, el cual no podrá exceder de tres (3) folios útiles y sus vueltos, pues tal inobservancia acarrearía la inadmisibilidad de éste. En ese orden, verificado el cumplimiento de los requisitos técnicos-formales señalados supra, pasa esta Sala de Casación Social a analizar los elementos sustanciales de admisibilidad, y a tal efecto observa: Luego de exponer una relación cronológica del iter procedimental seguido en la presente causa, el recurrente fundamentó el medio de impugnación ejercido bajo los siguientes argumentos: (…) Si Constitucionalmente, se Tutelan los Derechos del Trabajo, así como el Debido Proceso y el Derecho a la Defensa, es por ello, que NO DEBIÓ CELEBRARSE LA AUDIENCIA DE JUICIO, por cuanto se le está Violando el Debido Proceso y el Derecho a la Defensa del Actor. Ya que se Desprende de los Folios que componen el Expediente, que existe “INSEGURIDAD JURÍDICA” por cuanto el Actor, entró en una Etapa de INCERTIDUMBRE, al ver que el Tribunal, no está Aplicando los Principios contenidos en La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (sic) (…). Finalmente, cita los artículos 49 de la Carta Magna, 2 y 5 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, 14 del Código de Procedimiento Civil y 11 del Código de Ética del Juez Venezolano, y solicita la reposición de la causa al estado de librar oficios, proveer las compulsas y remitir los oficios solicitando la prueba de informes de la parte actora.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte actora, contra la sentencia de fecha 22 de abril de 2014, emanada del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. No hay condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial supra identificada. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen, antes mencionado, de conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
cobro de acreenciascontrol de la legalidadincomparecenciasentenciatrabajo