Sentencia N° 1427 — Sala de Casación Social del TSJ, 9 de agosto de 2006

TSJ/SCS, Sent. N° 1427, Exp. 06-010, 09/08/2006
Expediente06-010
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2006-08-09
DecisiónIMPROCEDENTE

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de averiguación administrativa presentada por Rubert Ramón Chourio, quien alegó un error en la publicación de su caso en la página web del Tribunal. La Sala declaró improcedente la solicitud, argumentando que la falta de comparecencia del recurrente a la audiencia oral conlleva la sanción de desistimiento del recurso de casación, conforme al artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Además, se enfatizó que la página web del Tribunal tiene un carácter informativo y no sustituye la diligencia de las partes en el proceso judicial.

Extracto de la motiva

El Acta N° 853 de fecha 17 de mayo de 2006, levantada en el acto de la audiencia oral y pública correspondiente al recurso de casación anunciado por la parte actora, es la consecuencia contenida en el último aparte del artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, que dispone: “…Si el recurrente no compareciere a la audiencia, se declarará desistido el Recurso de Casación y el expediente será remitido al Tribunal correspondiente”. Sobre el particular, el régimen procesal laboral no consagra ninguna excepción para no aplicar al recurrente la sanción al no haber asistido a la audiencia oral, pública y contradictoria del recurso de casación. En relación con la página web del Tribunal Supremo de Justicia, es preciso señalar que el objeto de esta página no es la de sustituir la diligencia que deben prestar las partes y sus apoderados para atender sus causas, sino la de facilitarles el acceso a la información, por lo que para el supuesto de que ocurriere, aun por motivos técnicos, falta o falla en el suministro de la misma, que no es el caso de autos, tal hecho no configuraría causal de reposición y tampoco de averiguación administrativa.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara IMPROCEDENTE la solicitud propuesta por la parte actora de aperturar averiguación administrativa por el error en la publicación de la página Web del Tribunal Supremo de Justicia.

Palabras clave

cobro de indemnizacionesaccidente de trabajorecurso de casaciónaudiencia oraldesistimientopublicaciónaveriguación administrativa

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