Sentencia N° 1425 — Sala de Casación Social del TSJ, 29 de septiembre de 2009

TSJ/SCS, Sent. N° 1425, Exp. 09-877, 29/09/2009
Expediente09-877
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2009-09-29
DecisiónInadmisible

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, declara inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandante contra la sentencia del Juzgado Superior Quinto del Trabajo. Se establece que el recurso de control de la legalidad es un medio excepcional que debe cumplir con requisitos específicos, los cuales no se satisfacen en este caso. La Sala verifica que la sentencia impugnada es definitiva y que la cuantía supera el mínimo legal para recurrir en casación, pero se incumple el requisito de que la sentencia no sea impugnable en casación.

Extracto de la motiva

El recurso de control de la legalidad es un medio de impugnación excepcional, por tanto, deben cumplirse a los fines de asegurar su admisibilidad, con las exigencias enunciadas en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, a saber: 1) Que se trate de sentencias proferidas por Juzgados Superiores Laborales; 2) que éstas no sean impugnables en casación; 3) que violen o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral o procesal y/o 4) que resulten contrarias a la jurisprudencia reiterada de esta Sala de Casación Social. Ahora bien, siendo que el recurso de control de la legalidad no puede proponerse contra las sentencias impugnables en casación, cabe señalar, que el artículo 168 eiusdem dispone que el recurso de casación puede proponerse contra las sentencias de segunda instancia que pongan fin al proceso y cuyo interés principal exceda de tres mil (3.000) unidades tributarias. En este sentido, se observa que en el caso bajo análisis, el fallo objeto del presente recurso es una decisión definitiva, emanada de un Juzgado Superior del Trabajo. Por otra parte, constata la Sala que la demanda fue interpuesta en fecha 21 de septiembre de 2007, momento en el cual, la cuantía necesaria para interponer el recurso de casación era de ciento doce millones ochocientos noventa y seis mil bolívares (Bs. 112.896.000 o Bsf. 112.896,00), siendo estimada la pretensión, en quinientos veintinueve millones setecientos catorce mil ochocientos diez bolívares (Bs. 529.714.810,00 o Bsf. 529.711,81), es decir, la cuantía supera el mínimo legal exigido para recurrir en casación.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la parte demandante, contra la sentencia proferida por el Juzgado Superior Quinto del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, de fecha 25 de mayo de 2009. Dada la naturaleza de la presente decisión, no hay condenatoria en costas. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, a los fines consiguientes. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen antes mencionado, todo de conformidad con el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

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