Sentencia N° 1424 — Sala de Casación Social del TSJ, 28 de junio de 2007

TSJ/SCS, Sent. N° 1424, Exp. 07-238, 28/06/2007
Expediente07-238
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2007-06-28
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara con lugar el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, anulando el fallo oral del Juzgado Superior del Trabajo del Segundo Circuito del Estado Bolívar. Se argumenta que el fallo recurrido adolece de inmotivación y no cumple con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, lo que afecta el derecho a la defensa y al debido proceso. La Sala ordena la reposición de la causa para que se celebre nuevamente la audiencia de apelación, cumpliendo con los requisitos legales.

Extracto de la motiva

La exposición de motivos de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, al referirse a los requisitos de la sentencia, señala: ...es menester que además de la reproducción audiovisual de la audiencia (art. 162), la sentencia conste por escrito, de allí la necesidad impuesta al Juez, de documentar su decisión en breve plazo, sin narrativa ni transcripciones de documentos que consten en autos, sólo contendrá la indicación de las partes, los motivos de hecho y de derecho de la decisión, la determinación del objeto sobre el cual recaiga la decisión y desde luego la decisión misma, en forma expresa, positiva y precisa, absolviendo o condenando a la parte demandada, sin perjuicio de ordenar experticia complementaria del fallo (art. 159). Al respecto, el artículo 159 de la Ley Adjetiva Laboral indica que dentro de los cinco días hábiles siguientes al pronunciamiento oral de la sentencia, el Juez deberá reproducir, por escrito, el fallo completo, cumpliendo los siguientes requisitos: 1) redacción en términos claros, precisos y lacónicos, sin necesidad de narrativa, ni de transcripciones de actas, ni de documentos que consten en el expediente; 2) identificación de las partes y sus apoderados, 3) los motivos de hecho y de derecho de la decisión, y, 4) la determinación del objeto o la cosa sobre la cual recaiga la decisión, como se apuntó en la exposición de motivos al indicar, entre otros, “...la decisión misma en forma expresa, positiva y precisa, absolviendo o condenando a la parte demandada”.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: 1º CON LUGAR el recurso de control de la legalidad propuesto por la parte demandada; y, 2° la NULIDAD del fallo oral pronunciado por el Juzgado Superior del Trabajo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, y se repone la causa de que se celebre nuevamente la audiencia de apelación por el juez que resulte competente.

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