Sentencia N° 1423 — Sala de Casación Social del TSJ, 31 de octubre de 2005
TSJ/SCS, Sent. N° 1423, Exp. 05-1040, 31/10/2005
Expediente05-1040
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2005-10-31
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 31 de octubre de 2005, declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, en el contexto de un juicio por cobro de diferencias de prestaciones sociales. La decisión se fundamenta en el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, que regula la admisibilidad de este tipo de recursos. La Sala concluyó que la sentencia recurrida no incurre en violaciones de normas de orden público ni en contradicción con la jurisprudencia reiterada de la Sala.
Extracto de la motiva
La Sala de Casación Social considera que la sentencia recurrida se encuentra ajustada a derecho y no incurre en violaciones de normas con carácter de orden público o de la reiterada doctrina jurisprudencial de esta Sala, que transgredan el Estado de Derecho, razón por lo cual trae como efecto inmediato, basada en los criterios que informan la presente decisión, la declaratoria de inadmisibilidad del presente recurso de control de la legalidad interpuesto.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra la decisión de fecha 6 de mayo de 2005, emanada del Juzgado Segundo Superior para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas. No hay expresa condenatoria en costas del proceso, dada la naturaleza de la presente decisión.
Palabras clave
cobro de prestacionescontrol de legalidadinadmisionjurisprudenciaderecho laboralorden públicodoble instancia