Sentencia N° 1420 — Sala de Casación Social del TSJ, 8 de octubre de 2014

TSJ/SCS, Sent. N° 1420, Exp. 14-1055, 08/10/2014
Expediente14-1055
PonenteSONIA COROMOTO ARIAS PALACIOS
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de Legalidad
Fecha de la decisión2014-10-08
DecisiónInadmisible

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Social, se pronunció sobre la inadmisibilidad de los recursos de control de legalidad interpuestos por las partes en un juicio por cobro de acreencias laborales. La Sala argumentó que el recurso de control de legalidad es un medio excepcional que debe cumplir con requisitos específicos para su admisibilidad, tales como la violación de normas de orden público laboral o procesal. En este caso, se determinó que los recursos no contribuían a la preservación del orden público laboral ni a la uniformidad de la jurisprudencia.

Extracto de la motiva

Conviene observar que, siendo el recurso de control de legalidad un medio de impugnación excepcional, deben cumplirse, a los fines de asegurar su admisibilidad, las exigencias enunciadas en la norma contenida en el artículo 178 de la Ley Adjetiva Laboral; a saber: 1) que se trate de sentencias proferidas por Juzgados Superiores Laborales; 2) que éstas no sean impugnables en casación y/o 3) que violen o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral o procesal. Esta Sala de Casación Social en decisión N° 692 de fecha 12 de diciembre de 2002, caso: Antonio del Valle Lira Méndez contra Baker Hughes, S.R.L., expresó que corresponde a esta Sala de Casación Social restringir, atendiendo a la potestad discrecional conferida por el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal Laboral, la admisibilidad de dicho recurso, cuando se hallen violentadas o amenazadas disposiciones de orden público. Por tanto, se refiere la Sala a que la admisibilidad del recurso se restringe a situaciones donde la violación o amenaza es de tal entidad, que resulte alterada la legalidad de la decisión o proceso sujeto a revisión.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara PRIMERO: INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad propuesto por la parte actora contra la decisión de fecha 18 de junio de 2014, dictada por el Juzgado Noveno Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; SEGUNDO: INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad propuesto por la parte demandada contra la misma decisión. No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión.

Palabras clave

recursolegalidadtrabajojurisprudenciaorden públicoconvención colectiva

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca