Sentencia N° 1420 — Sala de Casación Social del TSJ, 28 de septiembre de 2009
TSJ/SCS, Sent. N° 1420, Exp. 08-848, 28/09/2009
Expediente08-848
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2009-09-28
DecisiónEXTEMPORÁNEA
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de aclaratoria y ampliación presentada por la abogada Esther Cecilia Blondet Serfaty, en representación de la sociedad mercantil Seguros Nuevo Mundo, S.A. La solicitud fue realizada tres días después de la publicación de la sentencia original, lo que fue considerado extemporáneo según el artículo 252 del Código de Procedimiento Civil. La Sala concluyó que la solicitud no cumplía con los plazos establecidos por la ley.
Extracto de la motiva
De la norma precedentemente transcrita, se deduce que la solicitud de aclaratoria y ampliación debe realizarse el mismo día de la publicación de la sentencia o al día siguiente. En el presente caso, se constata que la sentencia sobre el recurso de casación cuya aclaratoria y ampliación se solicita en el juicio que siguió Rafael Valentino y María Peirano contra la empresa Seguros Nuevo Mundo S.A. fue emanada por esta Sala de Casación Social en fecha 06 de agosto del año 2009 y la apoderada judicial de dicha sociedad mercantil presentó su escrito ante la Secretaría de esta Sala en fecha 11 del mismo mes y año, es decir, al tercer día siguiente después de publicada la sentencia. Siendo así, tal solicitud resulta a todas luces extemporánea, y así se declarará en el dispositivo de este fallo.
Dispositiva
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: EXTEMPORÁNEA la solicitud de aclaratoria y ampliación interpuesta por la abogada Esther Cecilia Blondet Serfaty, actuando en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil Seguros Nuevo Mundo S.A. contra la sentencia de fecha 06 de agosto del año 2009, dictada por esta Sala de Casación Social.
Palabras clave
aclaratoriaampliacióncasaciónsentenciaextemporáneaCódigo de Procedimiento CivilSeguros Nuevo Mundoabogada