Sentencia N° 142 — Sala de Casación Social del TSJ, 19 de febrero de 2014
TSJ/SCS, Sent. N° 0142, Exp. 13-1452, 19/02/2014
Expediente13-1452
PonenteSONIA COROMOTO ARIAS PALACIOS
MateriaLaboral
Tipo de recursoApelacion
Fecha de la decisión2014-02-19
DecisiónDesistido
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la falta de fundamentación del recurso de apelación interpuesto por HOTEL SANTA BÁRBARA, C.A. contra una decisión del Juzgado Segundo Superior del Trabajo del estado Zulia. Se determinó que la parte apelante no presentó el escrito de fundamentación en el lapso establecido, lo que llevó a considerar desistido el recurso. La Sala mantuvo la firmeza de la sentencia apelada al no encontrar violaciones a normas de orden público.
Extracto de la motiva
Corresponde a esta Sala pronunciarse sobre la falta de fundamentación del recurso de apelación ejercido contra la decisión dictada en fecha el 16 de julio de 2013, por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia. El artículo 92 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa dispone lo siguiente: Dentro de los diez días de despacho siguientes a la recepción del expediente, la parte apelante deberá presentar un escrito que contenga los fundamentos de hecho y de derecho de la apelación, vencido este lapso, se abrirá un lapso de cinco días de despacho para que la otra parte dé contestación a la apelación. La apelación se considerará desistida por falta de fundamentación. Este artículo le impone a la parte apelante la carga procesal de consignar un escrito en el que se expongan las razones de hecho y de derecho en las que fundamenta su apelación, dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a la recepción del expediente, con la consecuencia jurídica de considerar desistido el recurso cuando el recurrente no consigne el escrito de fundamentación en el lapso establecido. En el caso de autos el expediente se dio por recibido el 24 de octubre de 2013 y la parte recurrente no fundamentó su recurso, siendo que el lapso de diez (10) días de despacho para la fundamentación del recurso de apelación más el término de distancia, venció el 15 de noviembre de 2013, lo cual consta en cómputo realizado por Secretaría en fecha 10 de enero de 2014, razón por la cual esta Sala, en aplicación del artículo antes indicado, considera desistido el recurso interpuesto.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara DESISTIDO el recurso de apelación ejercido por la parte recurrente contra la sentencia dictada en fecha 16 de julio de 2013 por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia; y, en consecuencia, se declara firme el fallo apelado. Publíquese, regístrese y remítase el expediente al Tribunal de origen.
Palabras clave
apelaciónjurisdicción contencioso administrativafalta de fundamentaciónsentenciadesistimiento