Sentencia N° 1419 — Sala de Casación Social del TSJ, 7 de diciembre de 2011
TSJ/SCS, Sent. N° 1419, Exp. 11-1148, 07/12/2011
Expediente11-1148
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2011-12-07
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre un recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra una sentencia del Juzgado Superior Tercero del Trabajo. La Sala determinó que la sentencia recurrida se ajusta a derecho y no vulnera normas de orden público laboral, por lo que declaró inadmisible el recurso. Se enfatizó que el recurso de control de la legalidad es un medio excepcional que requiere el cumplimiento de ciertos requisitos para su admisibilidad.
Extracto de la motiva
En el presente caso bajo estudio, la representación judicial de la parte demandada recurrente delata la violación de los artículo 2, 6 y 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en concordancia con los artículos 15, 206, 208, 211 y 212 del Código de Procedimiento Civil, así como los artículo 26, 49 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ya que según afirma el recurrente: “…la Juez de Juicio estaba obligada por imperativo legal a ordenar la reposición con la consecuente nulidad de todo lo actuado, al estado de que se celebre la audiencia de juicio a objeto de sanear el proceso; y en dicha audiencia darse el respectivo debate probatorio, así como el debate jurídico debiéndose dictar la sentencia definitiva con base en todo lo alegado y probado en autos, pero por el contrario la Juez de Juicio valoro pruebas que no evacuó, incurriendo de esta manera en quebrantamiento de normas legales y constitucionales, así como la doctrina de la Sala de Casación Social y Constitucional, siendo contraria su actuación al derecho a la defensa, al debido proceso y el principio de inmediación, situación que no fue subsanada por le (sic) Juez Superior a pesar de haber sido denunciado…”. También delata, el recurrente que la sentencia dictada por el Juzgado de Alzada es contraria a la jurisprudencia de la Sala de Casación Social, Sentencia Nº 867, de fecha 3 de marzo de 2007, referida al Principio de Inmediación, así como las Sentencias de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia Nº 952 de 17 de mayo de 2002 (caso: Milena Adele Biagioni), Sentencia Nº 3744 de 22 de diciembre de 2003 (caso: Raúl Mathison), Sentencia Nº 1840 de 26 de agosto de 2004 (caso: Programa Agroindustrial Tapipa C.A). Ahora bien, y en atención a lo antes expuesto, efectuado el análisis del fallo impugnado, así como de las actas que conforman el expediente, considera este Alto Tribunal que la sentencia recurrida se encuentra ajustada a derecho, pues no vulnera normas de orden público laboral, por lo que resulta innecesario desplegar la actividad jurisdiccional para el conocimiento del presente recurso de control de la legalidad, al no ajustarse la pretensión a los fines de este medio excepcional de impugnación. Así se decide.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República, y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la parte demandada contra la sentencia proferida por el Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Maracay, de fecha 26 de julio 2011. Dada la naturaleza de la presente decisión, no hay condenatoria en costas. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, a los fines consiguientes. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen antes mencionado, todo de conformidad con el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
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