Sentencia N° 1416 — Sala de Casación Social del TSJ, 25 de septiembre de 2008

TSJ/SCS, Sent. N° 1416, Exp. 08-1239, 25/09/2008
Expediente08-1239
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2008-09-25
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de control de la legalidad interpuesto por la ciudadana Marjorie Armas contra la decisión del Juzgado Superior Primero del Trabajo del Estado Guárico. La parte recurrente alegó violaciones a normas de orden público y jurisprudencia reiterada, argumentando que la decisión de exonerar a la parte demandada de costas procesales era incorrecta. Sin embargo, la Sala determinó que la sentencia recurrida no incurrió en violaciones y declaró inadmisible el recurso, reafirmando su potestad discrecional en la materia.

Extracto de la motiva

En el caso bajo estudio, denuncia la parte recurrente la violación de los artículos 21 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 15 del Código de Procedimiento Civil y 59, 64 y 177 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por cuanto la Alzada exoneró a la parte demandada de las costas procesales, al interpretar que FUNDAVIAL goza de los privilegios y prerrogativas del Estado, en virtud del régimen presupuestario que la rige. Asimismo, señala quien recurre que la decisión impugnada contraviene de manera categórica el criterio sentando por esta Sala de Casación Social, en sentencia N° 2243 de fecha 6 de noviembre de 2007 y el establecido por la Sala Constitucional, en sentencia N° 2291 del año 2006, mediante las cuales se analizan y determinan los privilegios procesales de entes distintos a la República. Así pues, una vez analizado exhaustivamente el asunto planteado, esta Sala de Casación Social considera que la sentencia recurrida no incurre en violaciones de normas con carácter de orden público o de la reiterada doctrina jurisprudencial que en definitiva transgredan el Estado de Derecho, en consecuencia, de conformidad con la potestad discrecional establecida en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se declara inadmisible el presente recurso de control de la legalidad. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad intentado por la parte actora contra la sentencia de fecha 23 de enero de 2008, emanada del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico. No hay expresa condenatoria en costas del proceso, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial arriba identificada. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen antes mencionado, en conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

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