Sentencia N° 1414 — Sala de Casación Social del TSJ, 11 de diciembre de 2012
TSJ/SCS, Sent. N° 1414, Exp. 12-1328, 11/12/2012
Expediente12-1328
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2012-12-11
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Social, decidió sobre un recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra una sentencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo. La decisión de la Alzada había declarado parcialmente con lugar el recurso de apelación de la parte demandante. La Sala consideró que la decisión recurrida no incurrió en violación de normas de orden público laboral, por lo que declaró inadmisible el recurso. Se enfatizó que la potestad revisora de la Sala se ejerce de forma discrecional y excepcional, y que no se evidenció un quebrantamiento que justificara el control de la legalidad.
Extracto de la motiva
De conformidad con lo establecido en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, es potestad de esta Sala de Casación Social revisar por vía de control de la legalidad, aquellas decisiones proferidas por Juzgados Superiores del Trabajo, que no siendo recurribles en casación, violenten o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral. Ahora bien, dada la naturaleza extraordinaria del recurso, corresponde a esta Sala de Casación Social restringir, atendiendo a la potestad discrecional conferida por el artículo 178 eiusdem, la admisibilidad del mismo, especialmente, para aquellas circunstancias donde se hallen violentadas o amenazadas disposiciones de orden público laboral. En tal sentido, debe entenderse que tales quebrantamientos o amenazas, irrumpen las instituciones fundamentales del derecho sustantivo del trabajo, derechos indisponibles o reglas adjetivas que menoscaban el debido proceso y el derecho a la defensa. En el caso bajo estudio, alega la parte demandada que la sentencia impugnada incurre en el vicio de error de interpretación del artículo 72 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. A tal efecto, explica quien recurre que la demandada negó de manera pura y absoluta el presunto despido alegado por el trabajador reclamante, de fecha 15 de enero de 2011, tal y como fue establecido en la sentencia, por lo que indica, que se consignó en autos la calificación de falta, a los fines de que se evidenciara que la empresa nunca despidió al trabajador, ya que en primer lugar es una autorización para despedir, y segundo lugar, porque la misma versaba sobre los días 17 al 31 de enero de 2011, es decir, nunca en referencia a la fecha en la cual el trabajador manifestó haber sido despedido.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad intentado por la parte demandada, contra la sentencia de fecha 9 de agosto de 2012, emanada del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas. No hay expresa condenatoria en costas del proceso, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del Trabajo arriba identificada. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen antes mencionado, en conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
control de la legalidadrecursosjurisdicción laboraldecisiones judicialesorden públicopotestad discrecional