Sentencia N° 1410 — Sala de Casación Social del TSJ, 24 de septiembre de 2009
TSJ/SCS, Sent. N° 1410, Exp. 08-1566, 24/09/2009
Expediente08-1566
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2009-09-24
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre un recurso de hecho interpuesto por la parte demandada contra un auto que declaró inadmisible un recurso de casación. La decisión se fundamentó en que las pretensiones de los demandantes no superaban la cuantía mínima exigida para la admisión del recurso de casación, según lo establecido en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. La Sala concluyó que, al no cumplirse con el requisito de la cuantía, el recurso de hecho debía ser declarado sin lugar.
Extracto de la motiva
Con el propósito de resolver el recurso de hecho interpuesto, se observa que el mismo recae sobre el auto dictado en fecha 25 de julio de 2008, por el Juzgado Superior Sexto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el cual negó la admisión del recurso de casación intentado por la demandada, con fundamento en las siguientes razones: Establece el numeral primero del artículo 167 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo lo que de (sic) seguidas se transcribe: El recurso de casación puede proponerse: 1.-Contra las sentencias de segunda instancia que pongan fin al proceso, cuyo interés principal exceda de tres mil unidades tributarias (3000 U.T). La Sala de Casación de Social en sentencia N°2492 de fecha 14 de diciembre de 2007, estableció en cuanto a la determinación de la cuantía, a los fines de admisibilidad del recurso de casación, en los casos de acumulación de pretensiones por conexión impropia, que para la determinación del interés principal del juicio, se tomará en consideración el valor económico de cada una de las pretensiones reclamadas por los sujetos activos, verificándose que alguna de dichas pretensiones exceda la cuantía mínima exigida para acceder a casación, en los juicios laborales. En tal sentido, al evidenciarse del escrito libelar que cada una de las pretensiones contenidas en el libelo individualmente consideradas no exceden de la cuantía mínima requerida para la admisión del recurso de casación en los juicios laborales (para este caso Bs.100.800.000,00 de acuerdo con la unidad tributaria vigente para el momento de interposición de la demanda, esto es, 14-12-2006) en virtud que la cuantía de la demanda del ciudadano Antonio José Hernández es por el monto de noventa y un millones ciento cuarenta y cinco mil ochenta y seis bolívares con ochenta y nueve céntimos (91.145.086,89) y la del ciudadano Juan Carlos Paredes es por el monto de noventa y nueve millones ciento dieciocho mil doscientos noventa y cinco bolívares con cuarenta y siete céntimos (99.118.295,47), en consecuencia este Sentenciador declara inadmisible el recurso extraordinario de casación propuesto (...).
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de hecho interpuesto por la parte demandada, contra el auto dictado en fecha 25 de julio de 2008, por el Juzgado Superior Sexto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que negó la admisión del recurso de casación anunciado contra la decisión emanada por ese mismo tribunal, en fecha 16 de julio de 2008. Se condena en costas a la parte recurrente de hecho.
Palabras clave
recurso de hechorecurso de casacióncobro de acreencias laboralescuantíaLey Orgánica Procesal del Trabajoinadmisibilidadconexión impropia