Sentencia N° 141 — Sala de Casación Social del TSJ, 12 de agosto de 2022
TSJ/SCS, Sent. N° 141, Exp. 21-103, 12/08/2022
Expediente21-103
PonenteCarlos Alexis Castillo Ascanio
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2022-08-12
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de hecho interpuesto por el Instituto Nacional de Tierras contra un auto que negó su apelación. La decisión de la Sala se basa en que el auto recurrido es de carácter interlocutorio y, por lo tanto, inapelable según la normativa vigente. Se confirma la decisión del Juzgado Superior Agrario que declaró suspendida la audiencia oral de informes y ordenó la designación de un nuevo apoderado judicial debido a la inhibición del juez en otros casos relacionados.
Extracto de la motiva
Del artículo transcrito se indica la inapelabilidad de las sentencias interlocutorias; disposición aplicable al proceso contencioso agrario, por no existir una especial que permita la apelación sobre lo decidido en el presente asunto por el Juez, es decir, en el acto de audiencia oral de informes. En ese sentido, la Sala Constitucional se pronunció con respecto al artículo 228 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, en decisión de fecha 7 de abril de 2014, Nro. 209, Exp. 12-1180 [Caso: Banco Nacional de Crédito, C.A. Banco Universal (BNC)] en la cual señaló: (…) Por ello, la creación de incidencias vía jurisprudencial, en este caso la apelación, de decisiones interlocutorias, estando expresamente prohibidas por el texto adjetivo agrario, van en contra de los postulados que tan celosamente resguarda dicho instrumento normativo, llegando a quebrar el fin supremo conseguido con la implementación de un procedimiento oral, que es se reitera, la consecución expedita de la justicia, más aun cuando las partes pueden alegar los gravámenes que se le hayan causado por la sentencia interlocutoria en la impugnación de la sentencia definitiva, garantizándose así el derecho a la tutela judicial efectiva. (…) De conformidad con la jurisprudencia transcrita, la decisión emitida por el Juzgado Superior en auto de fecha 23 de junio de 2021, se considera inapelable al tratarse de una interlocutoria, en la cual se observa además, que se garantizó el derecho a la defensa y al debido proceso, al ordenar notificar al Instituto Nacional de Tierras (INTI) a los fines de.
Dispositiva
PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso de hecho intentado por la representación judicial del Instituto Nacional de Tierras, contra el auto de fecha 23 de junio de 2021, dictado por Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo. SEGUNDO: SE CONFIRMA, la referida decisión.
Palabras clave
recurso de hechoInstituto Nacional de Tierrasdecisión interlocutoria