Sentencia N° 141 — Sala de Casación Social del TSJ, 20 de marzo de 2015

TSJ/SCS, Sent. N° 0141, Exp. 14-402, 20/03/2015
Expediente14-402
PonenteMÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2015-03-20
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de apelación interpuesto por la Corporación Venezolana de Televisión, C.A. (VENEVISIÓN) contra la decisión del Juzgado Cuarto Superior del Trabajo que declaró sin lugar la demanda de nulidad de actos administrativos relacionados con un accidente de trabajo. La Sala confirmó la decisión del juzgado inferior, argumentando que la administración cumplió con el procedimiento establecido y respetó los derechos del administrado. Se determinó que el acto administrativo impugnado era un acto de mero trámite y no causaba indefensión a las partes.

Extracto de la motiva

La decisión del a quo estableció que el acto recurrido es un acto de mero trámite, toda vez que no pone fin al procedimiento de investigación de accidente de trabajo, ni imposibilita su continuación, así como tampoco prejuzga como definitivo sobre lo controvertido, ni causa indefensión a las partes por cuanto sólo conlleva a cuantificar una indemnización; siendo que mediante dicho acto se inició una forma alternativa y pacífica de resolver la controversia en materia de salud, seguridad, condiciones y medio ambiente de trabajo en caso que el patrono acepte la existencia de un infortunio laboral pagando al trabajador la indemnización a que hubiera lugar; haciendo mención que en caso contrario, correspondería al patrono defenderse en juicio, desvirtuando la ocurrencia de tal hecho, ante una demanda del beneficiario del acto administrativo recurrido contentivo de la certificación de accidente.

Dispositiva

Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la sociedad mercantil Corporación Venezolana de Televisión, C.A. (VENEVISIÓN), contra la sentencia dictada por el Juzgado Cuarto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 17 de enero de 2014; y SEGUNDO: CONFIRMA el fallo apelado.

Palabras clave

accidente de trabajonulidadindemnización

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