Sentencia N° 1409 — Sala de Casación Social del TSJ, 8 de agosto de 2006
TSJ/SCS, Sent. N° 1409, Exp. 06-1361, 26/06/2007
Expediente06-1361
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2006-08-08
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en ponencia del Magistrado Alfonso Valbuena Cordero, decide sobre un recurso de casación interpuesto por la parte demandada en un juicio de divorcio. La sentencia de alzada había declarado con lugar la apelación de la parte demandante, lo que llevó a la parte demandada a recurrir ante el TSJ. La Sala analiza la denuncia de inmotivación de la sentencia recurrida, señalando que la misma incurrió en vicios al basarse en actas que habían sido anuladas previamente por el Tribunal.
Extracto de la motiva
La presente denuncia tuvo fuerza definitiva dentro de la sentencia, toda vez, es en los testimoniales que refiere dentro de ese texto, que se basó su decisión de declarar con lugar la demanda de divorcio incoada. (Resaltado de la Sala). Para decidir, se observa: Denuncia el formalizante que la recurrida incurrió en el vicio de inmotivación, al acoger la motivación y análisis de la prueba testimonial de la ciudadana Daisy María Gómez Caballero que realizó el Juez Superior accidental, aún y cuando, por un lado, dicha sentencia fue anulada por esta Sala en ocasión de un recurso de casación anteriormente interpuesto y, por el otro, no subsumió las situaciones de hecho planteadas en el presente caso en las normas jurídicas que lo prevén.
Dispositiva
Por todos los argumentos anteriormente expuestos, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR el recurso de casación intentado por la representación judicial de la parte demandada, contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior (accidental) en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, de Protección del Niño y del Adolescente y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, con sede en la ciudad de Cumaná en fecha 08 de noviembre del año 2005. Por consiguiente, se repone la causa al estado de que Juzgado Superior que resulte competente dicte nueva sentencia subsanando el vicio referido.
Palabras clave
divorcioinmotivaciónrecurso de casacióntestimonialesCódigo CivilCódigo de Procedimiento Civilsentenciavinculo matrimonial