Sentencia N° 1403 — Sala de Casación Social del TSJ, 25 de septiembre de 2008
TSJ/SCS, Sent. N° 1403, Exp. 08-1269, 25/09/2008
Expediente08-1269
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2008-09-25
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de casación interpuesto por la sociedad C.A. ENERGÍA ELÉCTRICA DE VENEZUELA (ENELVEN) en un caso relacionado con el beneficio de jubilación del ciudadano Silvio Enrique Sánchez. La decisión se fundamenta en que la cuantía de la demanda no alcanzaba el monto mínimo requerido para la admisión del recurso, establecido en tres mil unidades tributarias.
Extracto de la motiva
Atendiendo a los requisitos de admisibilidad del recurso de casación, la indicada ley adjetiva laboral adopta un régimen propio y distinto al del Código de Procedimiento Civil, cuando en el ordinal 1° de su artículo 167 dispone: Art. 167: El recurso de casación puede proponerse: 1.- Contra las sentencias de segunda instancia que pongan fin al proceso, cuyo interés principal exceda de tres mil unidades tributarias (3.000 U.T.). El precepto legal transcrito supra establece una cuantía mínima para acceder a casación, a saber, tres mil unidades tributarias (3.000 U.T.). No puede la Sala dejar de indicar, que si bien, este requisito al ser fijado por el legislador en unidades tributarias, resulta favorable, pues a pesar del proceso inflacionario que afecta nuestra economía, no permite, como sí ocurriría en el caso de establecer el límite mínimo de la cuantía exigible en bolívares, que esta suma se convierta en irrisoria con el transcurso del tiempo, resultando forzosa su modificación mediante leyes o Decretos, no obstante, al ser variable estima la Sala prudente señalar al recurrente que para el cálculo de la cuantía como requisito de admisibilidad de este medio extraordinario de impugnación será considerado el valor que tenía la unidad tributaria para la fecha en que fue dictada la sentencia impugnada.
Dispositiva
En mérito de las consideraciones anteriores, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por la representación judicial de la sociedad mercantil C.A. Energía Eléctrica de Venezuela (ENELVEN) contra la decisión publicada el 28 de marzo de 2008 por el Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la decisión.
Palabras clave
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